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Impulso a la compra pública innovadora

Convocatoria 2018

Descripción

El objetivo de este programa es potenciar el desarrollo de mercados innovadores a través de la contratación pública, incentivar la compra pública innovadora desde el lado de la demanda del gestor público y desde el lado de la oferta, es decir, de las empresas, estimulándolas a participar y presentar ofertas innovadoras en los procesos de Compra Pública Innovadora (CPI).

Beneficiarios

  • Entidades locales de la Comunitat Valenciana con capacidad de compra regulada por la Ley de Contratos del Sector Público y proclives a comprar servicios o productos con alto contenido innovador.
  • Entidades sin ánimo de lucro –públicas o privadas- con personalidad jurídica propia y sede en la Comunitat Valenciana, que en sus estatutos tengan entre sus fines prestar servicios de asesoramiento en materia de innovación.

Tipología de proyectos

Se convoca la segunda línea prevista en las bases reguladoras: Línea 2 Impulso de la demanda de licitaciones de productos y servicios innovadores.


Dinamización de la Compra Pública Innovadora en la Comunitat, a través de iniciativas de apoyo a la compra pública de innovación, financiando actividades dirigidas a la puesta en marcha de compra públicas innovadoras y sus procedimientos, también serán apoyadas las acciones de promoción de la CPI que incluyan la difusión de la metodología con objeto de facilitar la participación de las empresas.

Solicitud

La solicitud se realizará mediante un formulario de cumplimentación electrónica siendo obligatoria su presentación online ante la sede electrónica de la Generalitat, en el marco de un trámite telemático a través de los medios disponibles en la página web de la AVI, con firma y registro electrónico.

El solicitante deberá aportar:


  • Formulario electrónico de solicitud, accesible a través de la página web de la AVI. 
  • Memoria descriptiva del proyecto según modelo normalizado, disponible en la página web de la AVI.  
  • En el caso de entidades solicitante no inscritas en el Registro Mercantil:
    • Estatutos o documentación acreditativa de la constitución de la entidad solicitante.  
    • Documento acreditativo de poderes para actuar como representante legal de la entidad que solicita la ayuda.  
  • Declaración de otras ayudas recibidas para los mismos costes del proyecto, según modelo disponible en la tramitación electrónico de la solicitud.
  • Declaración de ayudas de minimis disponible en la tramitación electrónica de la solicitud. 

Plazos

  • Plazo de solicitud. El plazo de presentación de solicitudes finalizará a las 23:59:59 horas del 6 de agosto de 2018.
  • Plazo de ejecución. Los gastos previstos en la actuación objeto de subvención deberán realizarse entre 1 de enero al 31 de diciembre de 2018.
  • Plazo de Justificación. Las entidades beneficiarias deberán presentar la documentación justificativa con fecha límite del 15 de enero de 2019. El pago de las cuotas a ingresar por la entidad beneficiaria a la Seguridad Social que se realicen durante el año 2019 se justificarán como máximo el día 10 de abril.

Requisitos de los proyectos

  • Los proyectos deben consistir en acciones encaminadas a promover y facilitar el desarrollo de la compra pública de innovación tanto desde el lado de la oferta, animando a las empresas a participar, como de la demanda, facilitando la incorporación de este tipo de compras en las licitaciones públicas de las entidades solicitantes.
  • En el caso de las entidades locales el resultado del proyecto deberá concretarse en la puesta en marcha de un procedimiento de Compra Pública Innovadora o Compra Pública Pre-Comercial o, en su caso la creación y puesta en marcha de un equipo de CPI.
  • La entidad solicitante del proyecto deberá desarrollar la actividad aprobada conforme a lo previsto en la memoria presentada y en la resolución de concesión. La no ejecución de los compromisos adquiridos podrá significar la revocación de la ayuda a la totalidad del proyecto, en la medida en que los resultados del mismo queden afectados.
  • Los resultados de los proyectos deberán tener impacto tangible en la Comunitat Valenciana.
  • El contenido de los proyectos presentados deberá ser coherente con la actividad, fines y estrategia de la entidad solicitante.

Gastos subvencionables

  • Gastos de personal, incluyendo salarios y cuotas de la Seguridad Social, empleado en centros de la Comunitat Valenciana, en la medida en que estén dedicados al desarrollo del proyecto.
  • Gastos de servicios externos de consultoría y asistencia técnica destinados de manera exclusiva al proyecto.
  • Gastos de material fungible y suministros similares que se deriven directamente del proyecto. Se excluye material de oficina y consumibles informáticos.
  • Gastos de desplazamiento y alojamiento relacionados exclusivamente con las actuaciones a desarrollar. Los gastos de viaje que se imputen estarán limitados por los importes establecidos en el Decreto 24/1997, de 11 de febrero, del Gobierno Valenciano, sobre indemnizaciones por razón del servicio y gratificaciones por servicios extraordinarios y sus respectivas modificaciones.
  • Coste del informe de auditoría sobre las cuentas justificativas del gasto del proyecto. El coste máximo subvencionable será de 1.400 euros.
  • En su caso, los tributos abonados efectivamente por la entidad beneficiaria. En ningún caso se consideran gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos personales sobre la renta.

Intensidad de la ayuda

La ayuda consistirá en una subvención de hasta el 100% de los costes considerados como subvencionables con un importe máximo de ayuda de 100.000 euros.

Criterios de evaluación de solicitudes

  • Calidad y alcance de la actuación. Puntuación máxima: 30 puntos.
    • Estructura y organización de la propuesta y grado de descripción de las acciones del proyecto. Hasta 15 puntos.
    • Grado de participación o integración de agentes del SVI en la propuesta. Hasta 10 puntos. 
    • Coherencia de las finalidades perseguidas mediante las actividades a realizar con las prioridades definidas en el Plan Estratégico/objetivos de la entidad solicitante. Hasta 5 puntos.
  • Adecuación de los recursos, planificación y gestión del proyecto. Puntuación máxima: 30 puntos.
    • Capacidad y dedicación del personal de entidad solicitante a la gestión y ejecución de la propuesta. Hasta 10 puntos.
    • Planificación y desarrollo de las actividades propuestas. Hasta 10 puntos.
    • Adecuación del presupuesto a las características de la entidad y de las actividades propuestas. Hasta 10 puntos.
  • Impacto del proyecto. Puntuación máxima: 30 puntos.
    • Potencialidad de las actividades en términos de dinamización de la Compra Pública Innovadora. Hasta 10 puntos.
    • Previsión de creación de un equipo especializado en CPI. Hasta 10 puntos.
    • Interés de los resultados del proyecto desde el punto de vista de fomento de la participación de empresas valencianas en procedimientos de CPI. Hasta 10 puntos. 
  • Alineación con la estrategia de innovación de la Comunitat Valenciana RIS3CV y con criterios medioambientales y sociales. Puntuación máxima: 10 puntos.
    • Alineación Estrategia Especialización Inteligente Comunitat Valenciana (RIS3CV). Se valorarán los proyectos que desarrollen investigaciones y tecnologías incluidas en el ámbito de las prioridades de la estrategia RIS3 CV. Hasta 3 puntos
    • Alineación con políticas medioambientales. Se valorarán los proyectos con impacto favorable en economía circular, simbiosis industrial, reducción de residuos, eficiencia energética o minimización del consumo de recursos naturales, Hasta 4 puntos.
    • Alineación con aspectos sociales. Se valorarán los proyectos cuyos resultados contribuyan a mejorar la calidad de vida o la salud de las personas. Hasta 3 puntos.

Atención personal

info.avi@gva.es 

Alicante (+34) 96 647 83 60

València (+34) 96 386 92 00 


Horario de atención: de 9 a 14.30 horas


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