Valorización y transferencia de
resultados de investigación a las empresas
Convocatoria 2018
Descripción
Línea 1. Valorización, transferencia y explotación por las empresas de resultados de I+D
El objetivo de esta línea es el desarrollo de productos, servicios o tecnologías efectuados a partir de los resultados de investigación generados por los grupos de investigación del sistema científico valenciano para que alcancen un grado de desarrollo suficiente que permita que sean incorporados por las empresas.Línea 2. Potenciación de unidades científicas de desarrollo de tecnologías y difusión del conocimiento hacia la empresa
El objetivo de esta línea es la creación e impulso de unidades científicas de desarrollo de productos, servicios o tecnologías en el seno de las entidades beneficiarias. Las citadas unidades tendrán como finalidad la valorización, difusión y transferencia de tecnología, para su explotación por parte de las empresas, de los resultados de I+D generados por los grupos de investigación de las citadas entidades beneficiarias.
Beneficiarios
Universidades públicas y privadas integradas en RUVID; centros tecnológicos y organismos públicos de investigación. Institutos de investigación sanitaria; entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro vinculadas o concertadas con el Sistema Valenciano de Salud que desarrollen actividad investigadora. Otros centros públicos de I+D dependientes o vinculados a las administraciones públicas y sus organismos, así como otras entidades privadas sin ánimo de lucro que realicen actividad de I+D y generen conocimiento científico o tecnológico.
Tipología de proyectos
Serán subvencionables los proyectos de desarrollo experimental que comprendan la creación de prototipos, la demostración, la elaboración de proyectos piloto, el ensayo y la validación de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados, en entornos representativos de condiciones reales de funcionamiento, siempre que el objetivo principal sea aportar nuevas mejoras técnicas a productos, procesos o servicios.
Solicitud
La entidad solicitante deberá aportar la siguiente documentación:
- Formulario electrónico de solicitud, accesible a través de la página web de la AVI.
- Memoria descriptiva del proyecto según el modelo normalizado disponible en la página web de la AVI.
- Justificación documental de que la entidad solicitante es propietaria o copropietaria de los resultados de investigación que se pretenden valorizar y transferir con la ejecución del proyecto y que, en su caso, la suma del porcentaje de propiedad que le corresponda, más el porcentaje de otros organismos de investigación copropietarios ubicados en la Comunitat Valenciana, represente el 25% o más de la propiedad de los citados resultados de investigación.
- Declaración expresa del representante legal de la entidad solicitante en la que certifique que los beneficios generados por las actividades de transferencia de conocimiento a las empresas realizadas durante y tras la ejecución del proyecto se invertirán en actividades primarias de la entidad, así como que la ejecución del proyecto tiene carácter no económico, es decir, que no consiste en la oferta de bienes y servicios en mercado alguno.
- Declaración de otras ayudas recibidas para los mismos costes del proyecto, según modelo disponible en la tramitación electrónica de la solicitud.
- En el caso de entidades solicitantes no inscritas en el Registro Mercantil:
- Estatutos o documentación acreditativa de la constitución de la entidad solicitante.
- Documento acreditativo de poderes para actuar como representante legal de la entidad que solicita la ayuda.
Plazos
- Plazo de solicitud. El plazo de presentación de solicitudes finalizará a las 23:59:59 horas del 6 de agosto de 2018.
- Plazo de ejecución. Los gastos previstos en la actuación objeto de subvención deberán realizarse entre 1 de enero al 31 de diciembre de 2018.
- Plazo de justificación. Las entidades beneficiarias deberán presentar la documentación justificativa con fecha límite del 15 de enero de 2019. El pago de las cuotas a ingresar por la entidad beneficiaria a la Seguridad Social que se realicen durante el año 2019 se justificarán como máximo el día 10 de abril.
Requisitos de los proyectos
Requisitos generales
- Los proyectos deberán contener actividades de tipo demostrativo que permitan reducir las incertidumbres sobre la viabilidad técnica y comercial de la tecnología desarrollada y no podrán ser financiadas actividades de investigación.
- Todos los beneficios generados por las actividades de transferencia de conocimiento a las empresas realizadas por el organismo de investigación deberán invertirse en actividades primarias de dicho centro.
- La ejecución de los proyectos debe tener carácter no económico, es decir, que no consisten en la oferta de bienes y servicios en mercado alguno.
- Por cada resultado de I+D que el solicitante pretenda valorizar y transferir, será necesaria la participación en el proyecto, como servicio externo, de como mínimo, un organismo de investigación o centro tecnológico.
- El proyecto debe tener un impacto tangible en la Comunitat Valenciana.
Línea 1: Valorización, transferencia y explotación por las empresas de resultados de I+D
- Únicamente se admitirá la valorización y transferencia de un resultado de investigación por cada solicitante.
- El coste elegible del proyecto deberá estar comprendido entre 40.000 y 80.000 euros.
Línea 2. Potenciación de unidades científicas de transferencia de conocimiento hacia la empresa
- Los proyectos deberán contemplar la creación o desarrollo de estructuras, integradas en la entidad beneficiaria, dirigidas a garantizar la gestión y el funcionamiento estable en el tiempo de la unidad.
- El proyecto deberá incluir el desarrollo y transferencia de dos resultados de investigación generados por la unidad.
- El coste elegible del proyecto deberá estar comprendido entre 80.000 y 200.000 euros.
Gastos subvencionables
- Gastos de personal, incluyendo salarios y cuotas de la Seguridad Social, empleado en centros de la Comunitat Valenciana, en la medida en que estén dedicados al desarrollo del proyecto. Los gastos de personal podrán referirse a doctores o doctoras, personas tituladas universitarias y personal técnico y auxiliar.
- Gastos de contratos de desarrollo experimental con centros tecnológicos o de investigación destinados de manera exclusiva al proyecto.
- Gastos de servicios externos de consultoría y asistencia técnica destinados de manera exclusiva al proyecto.
- Gastos de adquisición de conocimientos técnicos adquiridos y obtenidos por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia.
- Gastos de registro de derechos de propiedad industrial o intelectual derivados de la ejecución del proyecto.
- Gastos de inversión en pequeño equipamiento científico y demás material inventariable, necesario para el desarrollo de las actividades. Se excluyen los dispositivos informáticos de uso genérico.
- Gastos de material fungible y suministros similares que se deriven directamente del proyecto. Se excluye material de oficina y consumibles informáticos.
- Gastos de publicación y difusión en ámbitos empresariales de los resultados directamente relacionados con el proyecto.
- Gastos de actividades de formación imprescindibles para la ejecución del proyecto. Se considerarán en este apartado la formación y obtención de conocimientos adquirida por la asistencia de personal dedicado al desarrollo del proyecto.
- Gastos de desplazamiento y alojamiento de personal con motivo de las actividades del proyecto. Los gastos de viaje que se imputen estarán limitados por los importes establecidos en el Decreto 24/1997, de 11 de febrero, del Gobierno Valenciano, sobre indemnizaciones por razón del servicio y gratificaciones por servicios extraordinarios y sus respectivas modificaciones.
- Gastos de servicios externos de consultoría destinados a garantizar la transferencia de los resultados del proyecto.
- Coste del informe de auditoría sobre las cuentas justificativas del gasto del proyecto. El coste máximo subvencionable será de 1.400 euros.
- En su caso, los tributos abonados efectivamente por la entidad beneficiaria. En ningún caso se consideran gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos personales sobre la renta.
- En concepto de costes indirectos las entidades beneficiarias podrán imputar, sin necesidad de aportar justificantes de gasto, un porcentaje de hasta el 15% de los costes directos válidamente justificados. Los costes indirectos son gastos generales asignados a la actuación, pero que, por su naturaleza, no pueden imputarse de forma directa. Los costes indirectos deben responder a gastos reales de ejecución del proyecto, asignados al mismo sobre la base de un informe técnico motivado sobre el método de imputación empleado que será presentado a la AVI antes de la primera declaración de gastos en que se incluyan.
Intensidad de la ayuda
La ayuda consistirá en una subvención de hasta el 100% de los gastos subvencionables del proyecto.
Criterios de evaluación de solicitudes
Línea 1. Valorización, transferencia y explotación por las empresas de resultados de I+D
- Interés de la tecnología y potencial de explotación comercial. Puntuación máxima: 45 puntos.
- Grado de protección industrial o intelectual del producto, proceso o servicio resultado de la investigación que se pretende valorizar y transferir. Hasta 20 puntos
- Proyecto de carácter no económico que ha sido financiado en programas competitivos de I+D y cuyo resultado se pretenden valorizar y transferir. Hasta 5 puntos
- Proximidad del producto, proceso o servicio resultado del proyecto al mercado potencial. Hasta 10 puntos
- Volumen del mercado potencial al que se dirige el producto, proceso o servicio. Hasta 10 puntos
- Planificación y gestión del proyecto. Puntuación máxima: 30 puntos.
- Coherencia e idoneidad de los objetivos planteados en función del tiempo disponible y el presupuesto considerado. Hasta 10 puntos
- Viabilidad y estructuración del plan de trabajo. Hasta 10 puntos
- Actividades de difusión y transferencia a las empresas de los resultados de ejecución del proyecto. Hasta 10 puntos
- Calidad del equipo de trabajo que participa en el proyecto. Puntuación máxima: Hasta 15 puntos.
- Experiencia previa y adecuación de las personas participantes en el área objeto de desarrollo. Hasta 5 puntos
- Capacidades y experiencia del equipo involucrado en actividades de valorización y transferencia de resultados de investigación hacia las empresas. Hasta 5 puntos
- Conexión del equipo de trabajo con el tejido empresarial. Hasta 5 puntos
- Alineación con la estrategia de innovación de la Comunitat Valenciana RIS3CV o con criterios medioambientales y sociales. Puntuación máxima: 10 puntos.
- Alineación con la Estrategia Especialización Inteligente Comunitat Valenciana (RIS3CV). Se valorarán los proyectos cuya área de desarrollo se encuentre en el ámbito de las prioridades de la estrategia RIS3CV . Hasta 3 puntos.
- Alineación con políticas medioambientales. Se valorarán los proyectos con impacto favorable para la economía circular, simbiosis industrial, reducción de residuos, eficiencia energética o minimización del consumo de recursos. Hasta 3 puntos.
- Alineación con aspectos sociales. Se valorarán los proyectos cuyos resultados contribuyan a mejorar la calidad de vida o la salud de las personas. Hasta 4 puntos
Línea 2. Potenciación de unidades científicas de desarrollo de tecnologías y difusión del conocimiento hacia la empresa
- Interés de la tecnología y potencial de explotación comercial. Puntuación máxima: 45 puntos.
- Patentes y derechos de propiedad intelectual generados por el grupo de investigación donde se integra la unidad, así como grado de protección industrial o intelectual del producto, proceso o servicio resultado de proyectos de I+D que se pretenden desarrollar y transferir. Hasta 20 puntos.
- Actividades de transferencia y licencias de explotación de patentes o de derechos de propiedad intelectual concedidas a empresas realizados por el grupo de investigación donde se integra la unidad, así como proximidad del producto, proceso o servicio al mercado potencial de los desarrollos previstos por la unidad. Hasta 15 puntos.
- Volumen del mercado potencial al que se dirigen los productos, procesos o servicios de los desarrollos previstos por la unidad. Hasta 10 puntos.
- Planificación y gestión del proyecto. Puntuación máxima: 30 puntos.
- Coherencia e idoneidad del programa estratégico de la unidad para el período 2018-2020. Hasta 10 puntos.
- Estructura y organización de la unidad propuesta. Hasta 10 puntos.
- Plan de actividades de difusión y transferencia a las empresas por parte de la unidad. Hasta 10 puntos.
- Calidad del equipo de trabajo que participa en el proyecto. Puntuación máxima: 15 puntos.
- Experiencia previa y adecuación de las personas integrantes de la unidad en las áreas objeto de desarrollo. Hasta 5 puntos.
- Capacidades y experiencia del equipo integrante de la unidad en actividades de valorización y transferencia de resultados de investigación hacia las empresas. Hasta 5 puntos.
- Conexión del equipo integrante de la unidad con el tejido empresarial. Hasta 5 puntos.
- Alineación con la estrategia de innovación de la Comunitat Valenciana RIS3CV o con criterios medioambientales y sociales. Puntuación máxima: 10 puntos.
- Alineación con la Estrategia Especialización Inteligente Comunitat Valenciana (RIS3CV). Se valorarán los proyectos cuya área de desarrollo se encuentre en el ámbito de las prioridades de la estrategia RIS3CV. Hasta 3 puntos.
- Alineación con políticas medioambientales. Se valorarán los proyectos con impacto favorable para la economía circular, simbiosis industrial, reducción de residuos, eficiencia energética o minimización del consumo de recursos. Hasta 4 puntos.
- Alineación con aspectos sociales. Se valorarán los proyectos cuyos resultados contribuyan a mejorar la calidad de vida o la salud de las personas. Hasta 3 puntos.
Normativa
Resolución de la concesión de ayudas
Justificación de ayudas
Atención personal
Alicante (+34) 96 647 83 60
València (+34) 96 386 92 00
Horario de atención: de 9 a 14.30 horas
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