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Promoción del talento: Agentes de innovación, incorporación de investigadores y tecnólogos para proyectos de innovación en empresas y doctorandos empresariales 

Convocatoria 2019

Descripción

Línea 1. Agentes de innovación
Puesta en marcha de una red de agentes de innovación en universidades, centros de investigación y asociaciones empresariales y otras entidades de apoyo a la innovación para promover la explotación del conocimiento y su transferencia hacia las empresas.

Línea 2. Incorporación de personas investigadoras y tecnólogas para proyectos de innovación en empresas (Incorporació)
Incentivar la contratación de personas investigadoras y tecnólogas que desarrollen proyectos de I+D+i o realicen la implantación de tecnologías relacionadas con la nueva economía en empresas, o bien desarrollen proyectos que faciliten la consolidación de nuevas empresas innovadoras.

Línea 3. Doctorandos y doctorandas empresariales (Innodocto)
Promover la formación de doctorandos y doctorandas en las empresas, propiciando la adquisición por parte de aquellos y aquellas de las habilidades necesarias para desarrollar proyectos de I+D en entornos empresariales y así incrementar el grado de tecnificación y capacidad innovadora de las plantillas de las empresas.

Beneficiarios

Línea 1. Agentes de Innovación
Universidades públicas y privadas sin ánimo de lucro integradas en RUVID, centros tecnológicos y organismos públicos de investigación. Institutos de investigación sanitaria, entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro vinculadas o concertadas con el Sistema Valenciano de Salud que desarrollen actividad investigadora. Otros centros públicos de I+D dependientes o vinculados a las administraciones públicas y sus organismos, así como otras entidades privadas sin ánimo de lucro que realicen actividad de I+D y generen conocimiento científico o tecnológico. Cualesquiera otras personas jurídicas del Sistema Valenciano de Innovación, públicas o privadas sin ánimo de lucro que faciliten la creación, difusión, aplicación o transferencia del conocimiento científico o tecnológico a las empresas o presten servicios a las mismas en materia de apoyo a la innovación.

Línea 2. Incorporación de personas investigadoras y tecnólogas para proyectos de innovación en empresas (Incorporació)
  • Empresas encuadradas en las secciones C, D, E, F, divisiones 10 a 43, de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009).  
  • Empresas de servicios intensivos en conocimiento, cuyo código de CNAE 2009 (NACE Rev 2) esté incluido en la clasificación de la Oficina de Estadística de la Unión Europea (Eurostat) accesible en:  
    • https://ec.europa.eu/eurostat/statistics-explained/index.php/Glossary:Knowledge-intensive_services_(KIS) 

Línea 3. Doctorandos o doctorandas empresariales (Innodocto)
Empresas industriales o de servicios incluidas en cualquier epígrafe de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), siempre que la tesis doctoral esté vinculada a un proyecto de I+D+i desarrollado por la empresa.

Tipología de proyectos

Línea 1. Agentes de innovación
  • Sublínea 1.1 Contratación por las entidades beneficiarias de personas cuya función será favorecer la investigación aplicada y orientada a resultados, el trasvase del conocimiento hacia las empresas, así como promover una colaboración estable y a largo plazo entre los universos industrial/empresarial y científico/universitario. 
  • Sublínea 1.2 Mantenimiento del agente de innovación apoyado en la línea de Agentes de Innovación de la convocatoria anterior. 
La ayuda consistirá en una subvención de hasta el 100 % de los costes considerados como subvencionables.

Línea 2. Incorporación de investigadores y tecnólogos para proyectos de innovación en empresas (Incorporació)
  • Sublínea 2.1 Contratación por empresas de personal investigador o técnico para desarrollar actividades de I+D+i, de implantación de tecnologías relacionadas con la nueva economía o para el desarrollo de proyectos que faciliten la consolidación de nuevas empresas innovadoras. 
Esta sublínea está dirigida a empresas que contratan nuevo personal investigador con titulación universitaria o de grado superior en Formación Profesional, bien para llevar a cabo actividades propias de I+D+i o proyectos de implantación de tecnologías vinculadas a la nueva economía, o bien para el desarrollo de proyectos que faciliten la consolidación de nuevas empresas innovadoras.

  • Sublínea 2.2, Mantenimiento del personal investigador o técnico contratado en el ejercicio anterior en cualquiera de las tres sublíneas de Incorporació de la convocatoria anterior. 
La ayuda consistirá en una subvención de hasta el 50 % de los costes considerados como subvencionables para pymes y de hasta el 30 % para grandes empresas. Sin superar estos límites podrá incrementarse la intensidad de ayuda hasta en un 5%, cuando la persona contratada sea mujer, al objeto de paliar la brecha de género existente en la investigación científico-técnica.

Línea 3. Doctorandos y doctorandas empresariales (Inndocto)
  • Sublínea 3.1 Apoyo a personal de investigación de las empresas (ya en plantilla o bien de nueva contratación) que va a llevar a cabo una tesis doctoral vinculada a un proyecto de I+D+i desarrollado por la empresa. 
  • Sublínea 3.2 Mantenimiento del doctorando o doctoranda apoyado en el ejercicio anterior en la sublínea Innodocto de la convocatoria anterior.  
La ayuda consistirá en una subvención de hasta el 50% de los costes considerados como subvencionables para las PYMES y del 30% para grandes empresas. Sin superar los límites establecidos en el punto anterior, podrá incrementarse la intensidad de ayuda hasta en un 5%, cuando la persona contratada sea una doctoranda, al objeto de paliar la brecha de género existente en la investigación científico-técnica.  

Solicitud

La solicitud se realizará mediante un formulario de cumplimentación electrónica siendo obligatoria su presentación online ante la sede electrónica de la Generalitat, en el marco de un trámite telemático a través de los medios disponibles en la página web de la AVI, con firma y registro electrónico. Junto con el formulario electrónico de solicitud el solicitante deberá adjuntar en plazo la siguiente documentación:

  • Memoria descriptiva del proyecto. 
  • Presupuesto.
  • En el caso de entidades solicitantes no inscritas en el Registro Mercantil: 
  • Estatutos o documentación acreditativa de la constitución de la entidad solicitante. 
  • Documento acreditativo de poderes para actuar como representante legal de la entidad que solicita la ayuda. 
Si la citada documentación ya obra en poder de la AVI, y se mantiene vigente desde su última presentación: 
    • Declaración expresa de vigencia.      
    • Declaración de otras ayudas recibidas para los mismos costes del proyecto. 
  • En caso de presentación de la solicitud sea efectuada por persona física distinta al representante legal de la entidad solicitante: 
    • Autorización de representación a terceros. 

Documentación Línea 1. Agentes de innovación


Sublínea 1.1 Contratación por las entidades beneficiarias de personas cuya función será favorecer la investigación aplicada y orientada a resultados, el trasvase del conocimiento hacia las empresas, así como promover una colaboración estable y a largo plazo entre los universos industrial/empresarial y científico/universitario.

  • Plan de Trabajo para la persona Agente de la Innovación. 
  • Documentación acreditativa relativa a la persona contratada, a presentar junto con la memoria descriptiva del proyecto en el momento de la solicitud o tras la formalización del contrato, según proceda:  
    • Copia del contrato laboral suscrito, firmado por las partes y comunicado a los servicios públicos de empleo.  
    • Curriculum vitae actualizado.  
    • Copia del título o certificación académica que acredite estar en su posesión. 

Sublínea 1.2 Mantenimiento del agente de innovación apoyado en la línea de Agentes de Innovación del año anterior.

  • Plan de Trabajo para la persona Agente de la Innovación. 

Documentación Línea 2. Incorporación de personas investigadoras y tecnólogas para proyectos de innovación en empresas (INCORPORACIÓ) 


Sublínea 2.1, Contratación por empresas de personal investigador o técnico para desarrollar actividades de I+D+i, de implantación de tecnologías relacionadas con la nueva economía o para el desarrollo de proyectos que faciliten la consolidación de nuevas empresas innovadoras.

  • Último recibo de la Relación de Cotizaciones (RLC, antiguo TC1) de la empresa o documento equivalente. 
  • En su caso, acreditación de la Comisión Europea de la Evaluación del Proyecto de Innovación presentado al Programa Europeo Instrumento PYME de Horizonte 2020. 
  • Documentación acreditativa relativa al personal contratado, a presentar junto con la memoria descriptiva del proyecto en el momento de la solicitud o tras la formalización del contrato, según proceda:  
    • Acreditación documental del proceso de selección del investigador llevado a cabo respetando las políticas horizontales en materia de igualdad de oportunidades y atendiendo a principios de publicidad suficiente y valoración profesional equitativa de los candidatos.  
    • Copia del contrato laboral suscrito, firmado por las partes y comunicado a los servicios públicos de empleo. Deberá incluir la mención de haber sido financiado por la AVI.  
    • Curriculum vitae actualizado.   
    • Copia del título o certificación académica que acredite estar en su posesión.  
    • Certificado de vida laboral de la persona contratada que acredite su no vinculación laboral previa con la empresa. 

Sublínea 2.2, Mantenimiento del personal investigador o técnico contratado en el ejercicio anterior en cualquiera de las tres sublíneas de Incorporació de la convocatoria de 2018.

  • Último recibo de la Relación de Cotizaciones (RLC, antiguo TC1) de la empresa o documento equivalente. 
  • En su caso, acreditación de la Comisión Europea de la Evaluación del Proyecto de Innovación presentado al Programa Europeo Instrumento PYME de Horizonte 2020. 

Documentación Línea 3. Doctorandos y doctorandas empresariales 


Sublínea 3.1 Apoyo a personal de investigación de las empresas que va a llevar a cabo una tesis doctoral vinculada a un proyecto de I+D+i desarrollado por la empresa.

  • Convenio de colaboración marco con entre la empresa y la universidad, de acuerdo al art. 15 bis.2 del Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado.    
  • Copia del contrato laboral suscrito, firmado por las partes y comunicado a los servicios públicos de empleo.  
  • Curriculum vitae del doctorando o doctoranda, preferentemente modelo normalizado (CVN) de la Fundación Española por la Ciencia y la Tecnología (FECYT).  
  • Copia del título o certificación académica.  
  • La documentación citada en este apartado que en el momento de la solicitud no pudiera ser presentada por estar vinculada a la formalización de la matrícula en el curso de doctorado, deberá presentarse a la AVI inmediatamente después de su formalización por parte del doctorando o doctoranda.

Plazos

  • Plazo de solicitud
El plazo de presentación de solicitudes será de 21 días naturales, desde el día siguiente al de la publicación, en extracto, de la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

  • Plazo de ejecución.
Los proyectos anuales deberán realizarse entre 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019.
Los proyectos plurianuales -con duración máxima de dos años-, deberán realizarse entre 1 de enero de 2019 y 31 de marzo de 2021.

  • Plazo de justificación
    • Proyectos anuales.
Las entidades beneficiarias de ayudas deberán presentar la documentación justificativa de ejecución del proyecto con fecha límite del 23 de enero de 2020, salvo los justificantes de los pagos de las cuotas a la Seguridad Social correspondientes a 2019, pero que deben ser ingresados por la entidad beneficiaria con posteridad a la citada fecha límite anterior, que se presentarán, como máximo, el día 6 de abril de 2020.
    • Proyectos plurianuales.
Las entidades beneficiarias de ayudas deberán presentar la documentación justificativa de ejecución del proyecto en dos fases:
  • En la primera fase, que corresponde al periodo de ejecución comprendido entre la fecha de inicio del proyecto y el 31 de diciembre de 2019, la documentación justificativa se presentará, como máximo, el 23 de enero de 2020, salvo los justificantes de los pagos de las cuotas a la Seguridad Social correspondientes a 2019, pero que deben ser ingresados por la entidad beneficiaria con posteridad a la citada fecha límite anterior, que se presentarán, como máximo, el día 6 de abril de 2020.
  • En la segunda fase, que correspondiente al periodo de ejecución comprendido entre el 1 de enero de 2020 y el 31 de marzo de 2021, la documentación justificativa se presentará, como máximo, el 23 de abril de 2021, salvo los justificantes de los pagos de las cuotas a la Seguridad Social correspondientes a 2021 pero que deben ser ingresados por la entidad beneficiaria con posteridad a la citada fecha límite anterior, que se presentarán, como máximo, el día 6 de julio de 2021.

Requisitos de los proyectos

Línea 1. Agentes de innovación

  • Las entidades solicitantes solo podrán presentar un proyecto para el apoyo a una persona agente de la Innovación, o bien en la sublínea 1.1 (contratación) o bien en la sublínea 2.2 (mantenimiento). 

  • La entidad solicitante deberá presentar un Plan de Trabajo para la persona contratada, en que se detallarán las actuaciones previstas para propiciar nuevas oportunidades de colaboración en I+D+i entre centros de investigación o universidades y empresas.  
    • El Plan de Trabajo incluirá información sobre los procesos que se seguirán para la identificación y formulación de ofertas y demandas tecnológicas, así como retos tecnológicos y de innovación multidisciplinar.  
    • El Plan informará sobre las actividades preparatorias de proyectos innovadores, promovidos por la entidad beneficiaria, que puedan dar lugar a la elaboración de proyectos, la realización de pruebas experimentales o de estudios previos (estado de la técnica, análisis viabilidad, recopilación normativa…), que lleven a una posterior realización de actividades de investigación aplicada y posterior trasvase a la actividad empresarial. 

  • La persona contratada deberá dedicarse de manera exclusiva a las tareas previstas en el Plan de Trabajo y deberá cumplir los siguientes requisitos: 
    • Titulación universitaria y, preferentemente, experiencia en gestión de proyectos de I+D+i.  
    • Dominio del inglés hablado y escrito.   
    • Se tendrá en consideración la experiencia y/o formación complementaria en ámbitos técnicos de cooperación y gestión de la innovación, así como el conocimiento de otros idiomas.  

  • El contrato de trabajo deberá realizarse por cuenta ajena y respetando la categoría profesional y remuneración del perfil profesional contratado. Solo se admitirán contratos relativos a trabajadores incluidos en los grupos 1 y 2 de cotización del Régimen General de la Seguridad Social y deberán haberse suscrito durante el año 2018. El contrato deberá incluir la mención de haber sido financiado por la AVI.  

  • En caso de que la persona que ejercerá las funciones de agente de la innovación ya estuviera contratada por la entidad con anterioridad a la fecha de solicitud de la ayuda y/o a la fecha de inicio del plazo de ejecución del proyecto previsto en el resuelvo séptimo de esta convocatoria, el contrato deberá cumplir las condiciones recogidas en este apartado. En caso contrario deberá modificarse dicho contrato.  

  • En caso de rescisión del contrato laboral antes de la finalización del periodo elegible, la entidad deberá justificar adecuadamente el motivo de dicha rescisión, quedando asimismo obligada a la selección y contratación de un nuevo o nueva agente de perfil similar o equivalente. El no cumplimiento de esta condición podrá suponer la minoración o revocación de la ayuda percibida para la creación de este puesto. Cualquier incidencia o modificación en los contratos financiados con cargo a este programa, deberá comunicarse a la AVI en el momento en que se produzca. 

  • Los proyectos, de acuerdo con el artículo 33 de las bases reguladoras, deberán definir una transferencia medible de los resultados de investigación al ámbito industrial y empresarial. 

Línea 2. Incorporación de investigadores y tecnólogos para proyectos de innovación en empresas (INCORPORACIÓ)

  • Cada empresa podrá presentar como máximo un proyecto en la sublínea 2.1 de Incorporació, o un proyecto de mantenimiento en la sublínea 2.2, apoyándose en ambos casos la contratación de una persona por proyecto.

  • El nivel de empleo en la empresa se deberá haber mantenido entre el periodo comprendido entre la publicación de la convocatoria y la finalización del periodo elegible.  

  • La selección del profesional se deberá realizar respetando las políticas horizontales en materia de igualdad de oportunidades y atendiendo a principios de publicidad suficiente y valoración profesional equitativa de los candidatos. 

  • El personal contratado deberá dedicarse de manera exclusiva a las tareas de I+D+i, implantación de tecnologías o proyectos de consolidación previstos en la memoria descriptiva del proyecto. 

  • En caso de rescisión del contrato laboral antes de la finalización del periodo elegible, la empresa queda obligada a la selección y contratación de un nuevo investigador/a de perfil similar o equivalente. El no cumplimiento de esta condición podrá suponer la revocación de la ayuda percibida para la creación de este puesto. Cualquier incidencia o modificación en los contratos financiados con cargo a este programa, deberá comunicarse a la AVI en el momento en que se produzca.  

  • Es condición imprescindible para percibir la ayuda mantener el nivel de empleo en la empresa durante todo el periodo de duración del proyecto.  

  • El personal a contratar deberá cumplir los siguientes requisitos: 
    • Titulación universitaria o titulación de técnico superior en formación profesional. 
    • Estar en posesión de dicha titulación en la fecha de incorporación en la empresa.   
    • No haber estado vinculado laboralmente con la empresa beneficiaria ni con ninguna otra relacionada accionarial o socialmente con la misma en los dos últimos años. En el caso de las empresas spin-off no será de aplicación este requisito si la vinculación laboral se ha mantenido con una institución de I+D pública o privada sin ánimo de lucro que participa en el accionariado o en el capital de la nueva empresa.  
    • No tener, en el momento de presentación de la solicitud, participación en el capital de la empresa que solicita esta ayuda o en otra relacionada accionarial o socialmente con la misma, que suponga una capacidad de control directo o indirecto en la administración de la empresa. Con carácter general, esta participación no podrá superar el 25% del capital, no siendo de aplicación este criterio en el caso de las empresas spin-off.  

  • El contrato de trabajo deberá realizarse por cuenta ajena y respetando la categoría profesional y remuneración del perfil profesional contratado. Solo se admitirán contratos relativos a trabajadores incluidos en los grupos 1 y 2 de cotización al Régimen General de la Seguridad Social, en el caso de titulados superiores, grupos 3, 4 y 5 en el caso de técnicos superiores de F.P.   

  • El contrato deberá incluir la mención de haber sido financiado por la AVI, lo cual podrá indicarse en una adenda al contrato tras la concesión de la ayuda y, en el caso de la sublínea 2.1, deberá haberse suscrito durante el año 2019. 

  • Los proyectos, de acuerdo con el artículo 33 de las bases reguladoras, deberán definir una transferencia medible de los resultados de investigación al ámbito industrial y empresarial.

Línea 3. Doctorandos y doctorandas empresariales (Inndoctos)

  • Los proyectos deberán ser realizados en empresas con sede o establecimiento productivo en la Comunitat Valenciana y las personas doctorandas deberán adscribirse a un centro de trabajo de la Comunitat Valenciana.  

  • Deberá suscribirse un convenio de colaboración marco con entre la empresa y la universidad. En este convenio se indicarán las obligaciones de la Universidad y las obligaciones de la empresa, así como el procedimiento de selección de los doctorandos y doctorandas. 

  • El proyecto de investigación estará relacionado directamente con la tesis doctoral a realizar. 

  • El contrato de trabajo deberá realizarse por cuenta ajena y respetando la categoría profesional y remuneración del perfil profesional contratado. Solo se admitirán contratos relativos a trabajadores incluidos en el grupo 1 de cotización al Régimen General de la Seguridad Social (categorías profesionales de ingenieros y licenciados). 

  • Las personas doctorandas deberán estar admitidas o matriculadas en un programa de doctorado en el momento de presentación de la solicitud –o, en su defecto, estar en disposición de matricularse en las fechas previstas por la Universidad en que se cursará el doctorado, siempre dentro de las fechas de elegibilidad del proyecto. No estarán en posesión del título de doctor o doctora emitido por una universidad española o extranjera. 

  • El doctorando o doctoranda tendrá un tutor/a de tesis designado por la Universidad y un responsable designado por la empresa, que podrá ser, en su caso, director/a de la tesis de acuerdo con la normativa propia de doctorado. 

  • Las personas contratadas no deberán tener, en el momento de presentación de la solicitud, participación en el capital de la empresa que solicita esta ayuda o en otra relacionada accionarial o socialmente con la misma, que suponga una capacidad de control directo o indirecto en la administración de la empresa. Con carácter general, esta participación no podrá superar el 25% del capital, no siendo de aplicación este criterio en el caso de las empresas spin-off.

  • En caso de que el doctorando o doctorando ya estuviera contratado por la entidad con anterioridad a la fecha de solicitud de la ayuda, el contrato deberá cumplir las condiciones recogidas en el apartado anterior. En caso contrario deberá modificarse dicho contrato. 
  • Los proyectos, de acuerdo con el artículo 33 de las bases reguladoras, deberán definir una transferencia medible de los resultados de investigación al ámbito industrial y empresarial. 

Gastos subvencionables

Línea 1. Agentes de innovación

  • Gastos de personal: coste salarial de la persona contratada, incluyendo el salario, las cargas sociales y la cuota empresarial a la Seguridad Social, empleada en centros de la Comunitat Valenciana. El coste salarial subvencionable máximo mensual no podrá superar los 4.500 euros (incluyendo la parte proporcional de las pagas extraordinarias y otras retribuciones).
  • Gastos de servicios externos de consultoría y asistencia técnica destinados de manera exclusiva al desarrollo de las acciones presentadas en el proyecto, con un coste total máximo subvencionable de 15.000 euros.
  • Gastos ocasionados por la participación del/la agente en acciones formativas directamente relacionadas con el proyecto, en concreto, matrículas e inscripciones en cursos, congresos y jornadas. El coste subvencionable máximo por hora de formación es de 90 euros y el coste total subvencionable máximo anual por ayuda en este concepto es de 10.000 euros.
  • Desplazamientos interurbanos y alojamiento (hasta el 15% de los gastos de personal). 
  • Coste del informe de auditoría sobre las cuentas justificativas del gasto del proyecto. Coste total subvencionable: 1.400 euros.
  • En su caso, los tributos abonados efectivamente por la entidad beneficiaria. En ningún caso se consideran gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos personales sobre la renta. 

Línea 2. Incorporación de investigadores y tecnólogos para proyectos de innovación en empresas (INCORPORACIÓ)
  • Gastos de personal: coste salarial de la persona contratada, incluyendo el salario, las cargas sociales y la cuota empresarial a la Seguridad Social, empleada en centros de la Comunitat Valenciana. El coste salarial subvencionable máximo mensual no podrá superar los 4.500 euros (titulado universitario) o 3.000 euros (titulado FP) (incluyendo la parte proporcional de las pagas extraordinarias y otras retribuciones).
  • Contratos de investigación y desarrollo o innovación con centros tecnológicos o de investigación y/o consultoría y asistencia técnica destinados de manera exclusiva al desarrollo de las acciones presentadas en el proyecto, con un coste total máximo subvencionable de 15.000 euros. 
  • Gastos ocasionados por la participación del personal investigador o técnico contratado en acciones formativas directamente relacionadas  con su actividad de I+D o de gestión de la innovación en la empresa, en concreto, matrículas e inscripciones en cursos, congresos y jornadas. El coste subvencionable máximo por hora de formación es de 90 euros y el coste total subvencionable máximo anual por ayuda en este concepto es de 10.000 euros.
  •  Coste del informe de auditoría sobre las cuentas justificativas del gasto del proyecto. Coste máximo subvencionable: 1.400 euros. 

Línea 3. Doctorandos empresariales (Inndocto)
  • Gastos de personal: coste salarial de la persona contratada, incluyendo el salario, las cargas sociales y la cuota empresarial a la Seguridad Social, empleada en centros de la Comunitat Valenciana. El coste salarial subvencionable máximo mensual no podrá superar los 4.500 euros (incluyendo la parte proporcional de las pagas extraordinarias y otras retribuciones).
  • Contratos de investigación y desarrollo o innovación con centros tecnológicos o de investigación y/o consultoría y asistencia técnica destinados de manera exclusiva al desarrollo de las acciones presentadas en el proyecto, con un coste total máximo anual subvencionable de 15.000 euros.
  • Gastos de matrícula de las enseñanzas de doctorado, con un tope de 1.000 euros, así como los gastos ocasionados por la participación del doctorando o doctoranda en acciones formativas directamente relacionadas con el proyecto de I+D+i, en concreto, matrículas e inscripciones en cursos, congresos y jornadas. El coste subvencionable máximo por hora de formación es de 90 euros y el coste total subvencionable máximo por ayuda en este concepto es de 10.000 euros.
  • El gasto de matrícula no podrá exceder de las cuantías máximas de los precios públicos por la prestación de servicios académicos universitarios establecidas por el correspondiente decreto del Consell en que se establecen las tasas por la prestación de servicios académicos universitarios del curso de que se trate.
  • Coste del informe de auditoría sobre las cuentas justificativas del gasto del proyecto. Coste total subvencionable: 1.400 euros.

Intensidad de la ayuda

Línea 1. Agentes de innovación
La ayuda consistirá en una subvención de hasta el 100 % de los costes considerados como subvencionables.

Línea 2. Incorporación de investigadores y tecnólogos para proyectos de innovación en empresas (INCORPORACIÓ)
La ayuda consistirá en una subvención de hasta el 50 % de los costes considerados como subvencionables para pymes y de hasta el 30 % para grandes empresas. Sin superar estos límites podrá incrementarse la intensidad de ayuda hasta en un 5 %, cuando la persona contratada sea mujer, al objeto de paliar la brecha de género existente en la investigación científico-técnica.

Línea 3. Doctorandos empresariales (Inndocto)
La ayuda consistirá en una subvención de hasta el 50 % de los costes considerados como subvencionables para pymes y de hasta el 30 % para grandes empresas. Sin superar estos límites podrá incrementarse la intensidad de ayuda hasta en un 5 %, cuando la persona contratada sea mujer, al objeto de paliar la brecha de género existente en la investigación científico-técnica.

Criterios de evaluación de solicitudes

Línea 1. Agentes de innovación

Un proyecto solo podrá ser apoyado cuando la puntuación obtenida en la evaluación sea como mínimo de 40 puntos.


Sublínea 1.1 Contratación por las entidades beneficiarias de agentes de la innovación

  • Méritos curriculares del candidato y adecuación de su perfil profesional a las tareas a realizar. Puntuación máxima: 30 puntos.   
    • Méritos curriculares. Máximo 15 puntos.  
      • Sus méritos curriculares son relevantes y abarcan tanto actuaciones de perfil técnico como aspectos de gestión. 15 puntos.  
      • Dispone de méritos curriculares suficientes para las actividades a realizar: 10 puntos 
      • No dispone de méritos curriculares suficientes: 0 puntos  
    • Adecuación del perfil profesional a las tareas a realizar. Máximo 15 puntos.   
      • Posee experiencia profesional en los ámbitos de trasvase de conocimientos y tecnologías de centros de investigación a empresas; aporta además experiencia en la gestión de proyectos de I+D+i: 15 puntos  
      • Dispone de experiencia profesional en la gestión de proyectos de I+D+i: 10 puntos 
      • El perfil no es adecuado o no concuerda la experiencia o no tiene experiencia en la gestión de proyectos de I+D+i: 0 puntos

  • Grado potencial de desarrollo de la explotación de resultados de investigación. Puntuación máxima: 30 puntos  
    • El Plan de trabajo está bien definido y prevé la explotación de los resultados previstos de investigaciones y su trasvase a las empresas. Incluye indicadores de seguimiento: 30 puntos  
    • El Plan de trabajo está bien definido y prevé la explotación de resultados de investigaciones y su trasvase a las empresas, pero no se incluyen indicadores para medir las perspectivas de explotación: 20 puntos.  
    • El Plan de Trabajo adolece de falta de información relevante sobre la futura explotación de resultados de las investigaciones: 10 puntos. 
    • No se aporta información: 0 puntos. 

  • Impacto de la actuación en el grado de actividad de I+D+i de la entidad solicitante. Puntuación máxima: 30 puntos Se valorará la existencia de previsiones razonadas sobre el impacto que en el grado de actividad en I+D+i de la entidad beneficiaria supone la actividad del o la agente de la innovación: a) incremento en el número de proyectos de I+D+i generados desde la entidad, b) incremento en el número de ofertas tecnológicas tramitadas desde la entidad, y c) incremento en el número de acuerdos de colaboración tecnológica con empresas gestionados desde la entidad beneficiaria.  
    • Impacto alto 30 puntos (se prevé incremento medible y razonado en los tres aspectos, a, b y c) 
    • Impacto medio 20 puntos (el incremento resulta justificable en dos aspectos)  
    • Impacto bajo 10 puntos (sólo se justifica adecuadamente el incremento en uno)  
    • Sin impacto 0 puntos (no se razona o no se ofrece información al respecto)  

  • Alineación con la estrategia de innovación de la Comunitat Valenciana o con criterios medioambientales y sociales. Puntuación máxima: 10 puntos.  
    • Alineación con los retos y soluciones identificados por el Comité Estratégico de Innovación (CEI) de la AVI, que se pueden consultar en la página web de la AVI. Hasta 3 puntos. 
    • Alineación con la Estrategia Especialización Inteligente Comunitat Valenciana (RIS3CV). Se valorarán los proyectos cuya área de desarrollo se encuentre en el ámbito de las prioridades de la estrategia RIS3CV que se puede consultar en http://www.ris3cv.gva.es/. Hasta 3 puntos  
    • Alineación con políticas medioambientales. Se valorarán los proyectos con impacto favorable para la economía circular, simbiosis industrial, reducción de residuos, eficiencia energética o minimización del consumo de recursos. Hasta 2 puntos.  
    • Alineación con aspectos sociales. Se valorarán los proyectos cuyos resultados contribuyan a mejorar la calidad de vida o la salud de las personas. Hasta 2 puntos. 

Sublínea 1.2 Mantenimiento del agente de innovación apoyado en la línea de Agentes de Innovación del ejercicio anterior.

  • Objetivos alcanzados por el proyecto en el ejercicio anterior y continuidad de la misma persona apoyada en el ejercicio anterior. Puntuación máxima:    
    • Los objetivos previstos han sido alcanzados, justificándose adecuadamente en la memoria del proyecto. Hasta 20 puntos 
    • Existe continuidad de la persona agente de la innovación apoyada en el ejercicio anterior: 10 puntos 

  • Grado potencial de desarrollo de la explotación de resultados de investigación. Puntuación máxima: 30 puntos  
    • El Plan de trabajo está bien definido y prevé la explotación de los resultados previstos de investigaciones y su trasvase a las empresas. Incluye indicadores de seguimiento: 30 puntos  
    • El Plan de trabajo está bien definido y prevé la explotación de resultados de investigaciones y su trasvase a las empresas, pero no se incluyen indicadores para medir las perspectivas de explotación: 20 puntos.  
    • El Plan de Trabajo adolece de falta de información relevante sobre la futura explotación de resultados de las investigaciones: 10 puntos. 
    • No se aporta información: 0 puntos. 

  • Impacto de la actuación en el grado de actividad de I+D+i de la entidad solicitante. Puntuación máxima: 30 puntos Se valorará la existencia de previsiones razonadas sobre el impacto que en el grado de actividad en I+D+i de la entidad beneficiaria supone la actividad del o la agente de la innovación: a) incremento en el número de proyectos de I+D+i generados desde la entidad, b) incremento en el número de ofertas tecnológicas tramitadas desde la entidad, y c) incremento en el número de acuerdos de colaboración tecnológica con empresas gestionados desde la entidad beneficiaria.  
    • Impacto alto 30 puntos (se prevé incremento medible y razonado en los tres aspectos, a, b y c) 
    • Impacto medio 20 puntos (el incremento resulta justificable en dos aspectos)  
    • Impacto bajo 10 puntos (sólo se justifica adecuadamente el incremento en uno)  
    • Sin impacto 0 puntos (no se razona o no se ofrece información al respecto)  

  • Alineación con la estrategia de innovación de la Comunitat Valenciana o con criterios medioambientales y sociales. Puntuación máxima: 10 puntos.  
    • Alineación con los retos y soluciones identificados por el Comité Estratégico de Innovación (CEI) de la AVI, que se pueden consultar en la página web de la AVI. Hasta 3 puntos. 
    • Alineación con la Estrategia Especialización Inteligente Comunitat Valenciana (RIS3CV). Se valorarán los proyectos cuya área de desarrollo se encuentre en el ámbito de las prioridades de la estrategia RIS3CV que se puede consultar en http://www.ris3cv.gva.es/. Hasta 3 puntos  
    • Alineación con políticas medioambientales. Se valorarán los proyectos con impacto favorable para la economía circular, simbiosis industrial, reducción de residuos, eficiencia energética o minimización del consumo de recursos. Hasta 2 puntos.  
    •  Alineación con aspectos sociales. Se valorarán los proyectos cuyos resultados contribuyan a mejorar la calidad de vida o la salud de las personas. Hasta 2 puntos.

Línea 2. Incorporación de investigadores y tecnólogos para proyectos de innovación en empresas (INCORPORACIÓ)

Un proyecto solo podrá ser apoyado cuando la puntuación obtenida en la evaluación sea como mínimo de 40 puntos. 


Sublínea 2.1, Contratación por empresas de personal investigador o técnico para desarrollar actividades de I+D+i, de implantación de tecnologías relacionadas con la nueva economía

  • Méritos curriculares del candidato y adecuación de su perfil profesional a las tareas a realizar. Puntuación máxima: 30 puntos. 
    • Méritos curriculares. Máximo 20 puntos.  
      • Sus méritos curriculares son relevantes y abarcan obtención de becas, estancias en el extranjero, publicación de artículos científicos, trabajos presentados en congresos. De 11 a 20 puntos 
      • Dispone de méritos curriculares suficientes para las actividades a realizar: 10 puntos  
      • No dispone de méritos curriculares suficientes o no está seleccionado/contratado: 0 puntos  
    • Adecuación del perfil profesional a las tareas a realizar. Máximo 10 puntos   
      • La titulación aportada y la experiencia concuerda con los ámbitos de generación o aplicación de conocimiento de las actividades a realizar; aporta experiencia en la gestión de proyectos de I+D+i: 10 puntos  
      • El perfil no es adecuado o no concuerda la experiencia o no tiene experiencia en la gestión de proyectos de I+D+i o no está aún seleccionado/contratado: 0 puntos  

  • Grado potencial de desarrollo de la explotación de resultados de investigación. Puntuación máxima:30 puntos.  
    • Existe un plan concreto y viable para la explotación de los resultados del proyecto de I+D+i con presencia de indicadores o el proyecto fue aprobado por el Programa Europeo “Instrumento PYME” de Horizonte 2020: 30 puntos  
    • A pesar de la existencia de un plan concreto y viable para la explotación de los resultados del proyecto, no se aportan indicadores para medir las perspectivas de explotación: 20 puntos  
    • No se aporta un plan concreto, pero en la memoria se justifica de forma razonada la futura explotación de resultados del proyecto: 10 puntos  
    • No se aporta información: 0 puntos  

  • Impacto de la actuación en el grado de actividad de I+D+i de la entidad solicitante. Puntuación máxima: 30 puntos. Se valorará la existencia de previsiones razonadas sobre el impacto que en el grado de actividad en I+D+i de la empresa: a) incremento en el número de proyectos de I+D, b) incremento en los recursos humanos destinados a I+D+i, y c) incremento en el gasto en I+D de la empresa. 
    • Impacto alto: 30 puntos (se prevé incremento medible y razonado en los tres aspectos, a, b y c) 
    • Impacto medio: 20 puntos (el incremento resulta justificable en dos aspectos)  
    • Impacto bajo: 10 puntos (sólo se justifica adecuadamente el incremento en uno) 
    • Sin impacto: 0 (no se razona o no se ofrece información al respecto)  
  • Alineación con la estrategia de innovación de la Comunitat Valenciana RIS3CV o con criterios medioambientales y sociales. Puntuación máxima: 10 puntos.  
    • Alineación con la Estrategia Especialización Inteligente Comunitat Valenciana (RIS3CV). Se valorarán los proyectos cuya área de desarrollo se encuentre en el ámbito de las prioridades de la estrategia RIS3CV que se puede consultar en http://www.ris3cv.gva.es/. Hasta 3 puntos 
    • Alineación con políticas medioambientales. Se valorarán los proyectos con impacto favorable para la economía circular, simbiosis industrial, reducción de residuos, eficiencia energética o minimización del consumo de recursos. Hasta 3 puntos. 
    • Alineación con aspectos sociales. Se valorarán los proyectos cuyos resultados contribuyan a mejorar la calidad de vida o la salud de las personas. Hasta 4 puntos. 

Sublínea 2.2, Mantenimiento del personal investigador o técnico contratado en el ejercicio anterior en cualquiera de las tres sublíneas de Incorporació de la convocatoria de 2018.

  • Objetivos alcanzados por el proyecto en el ejercicio anterior y continuidad de la misma persona apoyada en el ejercicio anterior. Puntuación máxima: 30 puntos 
    • Los objetivos previstos han sido alcanzados, justificándose adecuadamente en la memoria del proyecto. Hasta 20 puntos.  
    • Existe continuidad de la persona contratada en el ejercicio anterior: 10 puntos 
  • Grado potencial de desarrollo de la explotación de resultados de investigación. Puntuación máxima:30 puntos.  
    • Existe un plan concreto y viable para la explotación de los resultados del proyecto de I+D+i con presencia de indicadores o el proyecto fue aprobado por el Programa Europeo “Instrumento PYME” de Horizonte 2020: 30 puntos  
    • A pesar de la existencia de un plan concreto y viable para la explotación de los resultados del proyecto, no se aportan indicadores para medir las perspectivas de explotación: 20 puntos  
    • No se aporta un plan concreto, pero en la memoria se justifica de forma razonada la futura explotación de resultados del proyecto: 10 puntos  
    • No se aporta información: 0 puntos  

  • Impacto de la actuación en el grado de actividad de I+D+i de la entidad solicitante. Puntuación máxima: 30 puntos. Se valorará la existencia de previsiones razonadas sobre el impacto que en el grado de actividad en I+D+i de la empresa: a) incremento en el número de proyectos de I+D, b) incremento en los recursos humanos destinados a I+D+i, y c) incremento en el gasto en I+D de la empresa. 
    • Impacto alto: 30 puntos (se prevé incremento medible y razonado en los tres aspectos, a, b y c) 
    • Impacto medio: 20 puntos (el incremento resulta justificable en dos aspectos)  
    • Impacto bajo: 10 puntos (sólo se justifica adecuadamente el incremento en uno) 
    • Sin impacto: 0 (no se razona o no se ofrece información al respecto)  

  • Alineación con la estrategia de innovación de la Comunitat Valenciana RIS3CV o con criterios medioambientales y sociales. Puntuación máxima: 10 puntos.  
    • Alineación con la Estrategia Especialización Inteligente Comunitat Valenciana (RIS3CV). Se valorarán los proyectos cuya área de desarrollo se encuentre en el ámbito de las prioridades de la estrategia RIS3CV que se puede consultar en http://www.ris3cv.gva.es/. Hasta 3 puntos 
    • Alineación con políticas medioambientales. Se valorarán los proyectos con impacto favorable para la economía circular, simbiosis industrial, reducción de residuos, eficiencia energética o minimización del consumo de recursos. Hasta 3 puntos. 
    • Alineación con aspectos sociales. Se valorarán los proyectos cuyos resultados contribuyan a mejorar la calidad de vida o la salud de las personas. Hasta 4 puntos.  

Línea 3. Doctorandos y doctorandas empresariales (Innodocto)

Un proyecto solo podrá ser apoyado cuando la puntuación obtenida en la evaluación sea como mínimo de 40 puntos.


Sublínea 3.1 Apoyo a personal de investigación de las empresas (ya en plantilla o bien de nueva contratación) que va a llevar a cabo una tesis doctoral vinculada a un proyecto de I+D+i desarrollado por la empresa.

  • Méritos curriculares del candidato y adecuación de su perfil profesional a las tareas a realizar. Puntuación máxima: 30 puntos.  
      • Sus méritos curriculares son relevantes y abarcan obtención de becas, estancias en el extranjero, publicación de artículos científicos, trabajos presentados en congresos. Hasta 25 puntos  
        • Estancias de Investigación en el extranjero: 5 puntos      
        • Proyectos de investigación: 5 puntos  
        • Becas y premios: 3 puntos  
        • Publicaciones, artículos científicos 3 puntos  
        • Obtención de patentes: 2 puntos  
        • Comunicaciones en congresos: 2 puntos  
        • Experiencia previa en el tema de la tesis 2 puntos  
        • Otros másteres 3 puntos  
      • Los méritos curriculares presentados conforman un perfil profesional que es adecuado para las actividades a realizar: 5 puntos   

  • Grado potencial de desarrollo de la explotación de resultados de investigación.Puntuación máxima: 30 puntos.  
    • El potencial de transferencia de resultados y conocimientos del proyecto de investigación se apoya en objetivos de investigación que se podrán contrastar en la tesis doctoral: 10 puntos.  
    • Existe un plan concreto y viable para la explotación de los resultados del proyecto con presencia de indicadores de seguimiento: 10 puntos  

  • Impacto de la actuación en el grado de actividad de I+D+i de la entidad solicitante. Puntuación máxima: 30 puntos.
    • El plan incluye además previsión de protección de resultados, mediante patente u otros modelos de protección: 10 puntos  
    • El proyecto de tesis propuesto está fehacientemente vinculado con el proyecto de I+D+i de la empresa: 10 puntos
    • Existen previsiones razonadas sobre el impacto que el proyecto de tesis supondrá sobre la actividad de I+D+i de la empresa, con presencia de indicadores de seguimiento (volumen y proporción de las cuantías invertidas, nuevos ámbitos de investigación y líneas de I+D, otros factores cualitativos…): hasta 20 puntos

  • Alineación con la estrategia de innovación de la Comunitat Valenciana o con criterios medioambientales y sociales. Puntuación máxima: 10 puntos.
    • Alineación con los retos y soluciones identificados por el Comité Estratégico de Innovación (CEI) de la AVI, que se pueden consultar en la página web de la AVI. Hasta 3 puntos.
    • Alineación con la Estrategia Especialización Inteligente Comunitat Valenciana (RIS3CV). Se valorarán los proyectos cuya área de desarrollo se encuentre en el ámbito de las prioridades de la estrategia RIS3CV que se puede consultar en http://www.ris3cv.gva.es/. Hasta 3 puntos
    • Alineación con políticas medioambientales. Se valorarán los proyectos con impacto favorable para la economía circular, simbiosis industrial, reducción de residuos, eficiencia energética o minimización del consumo de recursos. Hasta 2 puntos.
    • Alineación con aspectos sociales. Se valorarán los proyectos cuyos resultados contribuyan a mejorar la calidad de vida o la salud de las personas. Hasta 2 puntos.


    Sublínea 3.2 Mantenimiento del doctorando o doctoranda apoyado en el ejercicio anterior en la sublínea Innodocto de la convocatoria de 2018.

  • Méritos curriculares del candidato y adecuación de su perfil profesional a las tareas a realizar. Puntuación máxima: 30 puntos.
    • Los objetivos previstos han sido alcanzados, justificándose adecuadamente en la memoria del proyecto. Hasta 20 puntos.
    • Existe continuidad de la persona doctoranda apoyada en el ejercicio anterior: 10 puntos

  • Grado potencial de desarrollo de la explotación de resultados de investigación.Puntuación máxima: 30 puntos.
    • El potencial de transferencia de resultados y conocimientos del proyecto de investigación se apoya en objetivos de investigación que se podrán contrastar en la tesis doctoral: 10 puntos.
    • Existe un plan concreto y viable para la explotación de los resultados del proyecto con presencia de indicadores de seguimiento: 10 puntos 
    • El plan incluye además previsión de protección de resultados, mediante patente u otros modelos de protección: 10 puntos

  • Impacto de la actuación en el grado de actividad de I+D+i de la entidad solicitante. Puntuación máxima: 30 puntos.
    • El proyecto de tesis propuesto está fehacientemente vinculado con el proyecto de I+D+i de la empresa: 10 puntos
    • Existen previsiones razonadas sobre el impacto que el proyecto de tesis supondrá sobre la actividad de I+D+i de la empresa, con presencia de indicadores de seguimiento (volumen y proporción de las cuantías invertidas, nuevos ámbitos de investigación y líneas de I+D, otros factores cualitativos…): hasta 20 puntos

  • Alineación con la estrategia de innovación de la Comunitat Valenciana o con criterios medioambientales y sociales. Puntuación máxima: 10 puntos.
    • Alineación con los retos y soluciones identificados por el Comité Estratégico de Innovación (CEI) de la AVI, que se pueden consultar en la página web de la AVI. Hasta 3 puntos.
    • Alineación con la Estrategia Especialización Inteligente Comunitat Valenciana (RIS3CV). Se valorarán los proyectos cuya área de desarrollo se encuentre en el ámbito de las prioridades de la estrategia RIS3CV que se puede consultar en http://www.ris3cv.gva.es/. Hasta 3 puntos
    • Alineación con políticas medioambientales. Se valorarán los proyectos con impacto favorable para la economía circular, simbiosis industrial, reducción de residuos, eficiencia energética o minimización del consumo de recursos. Hasta 2 puntos.
    • Alineación con aspectos sociales. Se valorarán los proyectos cuyos resultados contribuyan a mejorar la calidad de vida o la salud de las personas. Hasta 2 puntos.
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