Consolidación de la cadena de valor empresarial
Convocatoria 2023
Descripción
Entidades beneficiarias
- La cooperación se dará por un mínimo de dos empresas no vinculadas entre sí.
- Todas las empresas participantes deberán presentar su solicitud de ayuda a esta actuación para el mismo proyecto.
- En el acuerdo firmado, o en la memoria que se presente, se detallarán como mínimo las actividades que acometerá cada uno de los participantes, el presupuesto de ejecución que asume cada uno de ellos y la propiedad y derechos de uso de los resultados del proyecto.
- La entidad que asuma mayor participación económica en el proyecto ejercerá de líder del consorcio creado para el proyecto. En caso contrario, deberá justificarse tal circunstancia en el acuerdo de cooperación. Este liderazgo únicamente rige a efectos de erigirse en interlocutor con la AVI, pero sin más responsabilidades que el resto de entidades consorciadas, puesto que todas ellas son beneficiarias de la ayuda de forma independiente e individualizada.
- La participación de los socios debe ser equilibrada, de modo que ningún participante contribuya con menos del 15% ni supere el 70% del presupuesto subvencionable del proyecto.
- En el caso de que alguna de las entidades participantes en el proyecto no obtuviera la condición de beneficiario o, habiéndola obtenido, la perdiera antes de la resolución de la convocatoria, el proyecto será denegado en su totalidad, extendiéndose la consecuencia al resto de partícipes.
- En el caso de proyectos en cooperación, al menos una de las empresas participantes deberá ser Pyme.
Tipología de proyectos
- Serán subvencionables los proyectos de investigación industrial, desarrollo experimental y de innovación en materia de organización o procesos, que permitan a las entidades beneficiarias obtener nuevos productos o servicios o mejorar sustancialmente los existentes, o bien modificar sus procesos tanto organizativos como de producción o suministro.
Solicitud
La solicitud se realizará mediante un formulario de cumplimentación electrónica siendo obligatoria su presentación online ante la sede electrónica de la Generalitat, en el marco de un trámite telemático a través de los medios disponibles en la página web de la AVI con firma y registro electrónico.
Junto con el formulario electrónico de solicitud el solicitante deberá adjuntar en plazo la siguiente documentación, según los modelos normalizados disponibles en la página web de la AVI:
- Memoria descriptiva del proyecto.
- Presupuesto. La ejecución de los proyectos deberá necesariamente plantearse con duración de tres anualidades hasta el ejercicio 2025 y el presupuesto del proyecto deberá tener una distribución por ejercicios que cumpla con la siguiente estructura de gasto:
- el gasto previsto para la primera anualidad no deberá ser superior al 15% del total del presupuesto
- el gasto previsto para la segunda anualidad no deberá ser superior al 40% del total del presupuesto
- En caso de proyectos en cooperación, acuerdo entre las partes.
- En caso de proyectos en cooperación, declaración de no existencia de vinculación entre al menos dos de los participantes del proyecto.
- En el caso de grandes empresas, informe de efecto incentivador.
- En caso de que la presentación de la solicitud sea efectuada por persona física distinta al representante legal de la entidad solicitante:
- Autorización de representación a terceros.
Plazos
- Plazo de solicitud
El plazo de presentación de solicitudes de este procedimiento, cuya concesión es en régimen de concurrencia competitiva, será desde el 23 de marzo al 21 de abril de 2023 Sólo serán admitidas las solicitudes que hayan sido grabadas en la sede electrónica de le Generalitat antes de las 14:00 horas del último día de plazo de presentación. En el caso de que una misma entidad solicitante presente diversas solicitudes para un mismo proyecto, únicamente se considerará válida la última presentada en plazo.
- Periodo de ejecución.
Los proyectos deberán tener necesariamente alcance plurianual, durante tres ejercicios presupuestarios. Deberán realizarse entre la fecha de presentación de la solicitud y el 31 de diciembre de 2025.
- Plazo de justificación
Las entidades beneficiarias de ayudas deberán presentar la documentación justificativa de ejecución del proyecto en las fechas indicadas a continuación:
- En la primera fase de justificación, que corresponde al periodo de ejecución comprendido entre la fecha de inicio del proyecto y el 31 de diciembre de 2023, la documentación justificativa se presentará, como máximo, el 5 de febrero de 2024, salvo los justificantes de los pagos de las cuotas a la Seguridad Social correspondientes a 2023, pero que deben ser ingresados por la entidad beneficiaria con posteridad a la citada fecha límite anterior, que se presentarán como máximo el 3 de abril de 2024.
- En la segunda fase de justificación, que corresponde al periodo de ejecución comprendido entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2024, la documentación justificativa se presentará, como máximo, el 5 de febrero de 2025, salvo los justificantes de los pagos de las cuotas a la Seguridad Social correspondientes a 2024, pero que deben ser ingresados por la entidad beneficiaria con posteridad a la citada fecha límite anterior, que se presentarán como máximo el 3 de abril de 2025.
- En la tercera fase de justificación, que corresponde al periodo de ejecución comprendido entre el 1 de enero de 2025 y 31 de diciembre de 2025, la documentación justificativa se presentará, como máximo, el 5 de febrero de 2026, salvo los justificantes de los pagos de las cuotas a la Seguridad Social correspondientes a 2025, pero que deben ser ingresados por la entidad beneficiaria con posteridad a la citada fecha límite anterior, que se presentarán, como máximo, el día 3 de abril de 2026.
Requisitos de los proyectos
- Proyectos individuales. Responderán a dar solución a una necesidad manifestada del mercado o de una empresa en una cadena de valor, de manera que la consecución con éxito del proyecto tenga un alto grado de probabilidad de implantación real, bien porque satisface expectativas o demandas de empresas tractoras, porque se anticipa a normas o necesidades futuras con productos o servicios que no están suficientemente desarrollados en la actualidad, o en general, porque añade valor a la cadena de producto y relación entre clientes y proveedores.
- El coste elegible del proyecto deberá ser como mínimo de 175.000 euros.
- Proyectos en cooperación. Como en el caso de los proyectos individuales, será necesario que el proyecto responda a una problemática previamente identificada y manifestada suficientemente, en cuya resolución participarán varias empresas que se beneficiarán de la solución, y que será financiada conjuntamente por los participantes. La cooperación se sustentará en un acuerdo firmado por las partes y uno de los participantes ejercerá de líder del consorcio creado para la cooperación.
- El coste elegible del proyecto deberá ser como mínimo de 500.000 euros.
- Obligatoriamente, al menos una de las empresas participantes en el proyecto deberá ser una Pyme.
- Los proyectos deberán necesariamente enmarcarse en las prioridades de especialización identificadas en la Estrategia de especialización inteligente de la Comunitat Valenciana, que se puede consultar en https://innova.gva.es/es/web/innovacion/estrategia-cv-s3
- Asimismo, los proyectos no deberán vulnerar en ningún caso el principio de no discriminación por razón de sexo, raza, origen étnico, religión, convicciones, diversidad funcional, edad u orientación sexual, facilitando, o al menos no impidiendo, la accesibilidad para las personas con diversidad funcional. También tendrán que ejecutarse en el marco de un desarrollo sostenible y de fomento de la conservación, protección y mejora del medio ambiente y contar con un certificado que declare la no afectación del proyecto a la denominada Red Natura, espacio físico de especial protección medioambiental configurado así por la Unión Europea.
Gastos subvencionables
- Gastos de personal, incluyendo salarios y cuotas de la Seguridad Social, empleado en centros de la Comunitat Valenciana, en la medida en que estén dedicados al desarrollo del proyecto. En caso de proyectos de I+D los gastos de personal podrán referirse a personal investigador, personal técnico y demás personal auxiliar.
- Gastos de contratos de investigación y desarrollo o innovación con centros tecnológicos o de investigación.
- Gastos de servicios externos de consultoría y asistencia técnica destinados de manera exclusiva al proyecto.
- Gastos de adquisición de conocimientos técnicos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia.
- En caso de PYME, gastos de registro de derechos de propiedad industrial o intelectual derivados de la ejecución del proyecto.
- Gastos de material fungible y suministros similares que se deriven directamente del proyecto. Se excluye material de oficina y consumibles informáticos.
- Coste del informe de auditoría sobre las cuentas justificativas del gasto del proyecto. El coste máximo subvencionable del informe de auditoría sobre las cuentas justificativas del gasto del proyecto será de 1.400 euros para cada entidad participante y anualidad, siempre que dicho coste se haya incluido en el presupuesto presentado con la solicitud de la ayuda.
Intensidad de la ayuda
- Gran empresa: 50 o 65%* en investigación industrial; 25 o 40%* en desarrollo experimental; 15%** en innovación en organización o procesos.
- Mediana empresa:60 o 75%* en investigación industrial; 35 o 50* en desarrollo experimental; 50% en innovación en organización o procesos.
- Pequeña empresa:70 o 80%* en investigación industrial; 45 o 60* en desarrollo experimental; hasta el 50% en innovación en organización o procesos.
Criterios de evaluación de solicitudes
- Calidad científico-técnica de la propuesta. Puntuación máxima del grupo: 40 puntos
- Claridad y coherencia de la propuesta, valorándose el impacto en la cadena de valor, así como la concreción de los objetivos, la metodología, los recursos y plan de trabajo. Hasta 10 puntos.
- Carácter innovador de la propuesta, valorando la novedad y originalidad del proyecto respecto al estado de la técnica actual y la aportación al progreso tecnológico. Hasta 15 puntos.
- Alineación con los retos y soluciones identificados por el Comité Estratégico de Innovación (CEI) de la AVI que se pueden consultar en la página web de la AVI. Hasta 15 puntos.
- Capacidad técnica y financiera para realizar el proyecto, considerando en los casos de proyectos en cooperación, las características de todos sus participantes. Puntuación máxima del grupo: 25 puntos
- Experiencia del solicitante, valorando la trayectoria de los organismos participantes. Hasta 5 puntos.
- Adecuación de los recursos disponibles tanto propios como o a través de los colaboradores externos, para el desarrollo de las tareas previstas. Hasta 10 puntos.
- Viabilidad de la ejecución económica de las actividades previstas en el periodo indicado. Hasta 10 puntos.
- Complementariedad y equilibrio de la cadena de valor. Puntuación máxima del grupo: 25 puntos.
- Efecto de arrastre del participante o los participantes del proyecto sobre otros elementos de la cadena de valor. Hasta 5 puntos.
- Impacto de los resultados del proyecto sobre la cadena de valor, valorando la influencia en mayor o menor número de empresas, así como en diferentes ámbitos: fabricación, logística, comercialización, etc. Hasta 15 puntos.
- Participación de entidades de diferente naturaleza, valorando especialmente la colaboración en el proyecto tanto de centros tecnológicos como de organismos de investigación. Hasta 5 puntos.
- Alineación con criterios medioambientales o sociales. Puntuación máxima: 10 puntos.
- Alineación con políticas medioambientales. Hasta 5 puntos.
- Alineación con políticas de igualdad de género y de accesibilidad de las personas con diversidad funcional. Hasta 5 puntos.