- Bases reguladoras
- Convocatoria DOGV
- Convocatoria íntegra
- Reglamento 651 de exención
- Modificación del 651 (2023)
- Criterios de minoración
Última actualización:
El objetivo de este programa es apoyar grandes proyectos de desarrollo de tecnologías estratégicas para la Unión Europea abordados en cooperación por varios agentes del Sistema Valenciano de Innovación.
Tendrán la condición de entidades beneficiarias las siguientes personas jurídicas cuya sede social o centro de desarrollo de actividad se encuentre radicado en la Comunitat Valenciana:
Los proyectos tendrán que acometer el desarrollo de tecnologías fundamentales para la Unión Europea capaces de aportar al mercado interior europeo un elemento innovador y emergente con un potencial económico significativo, enmarcadas en los siguientes sectores tecnológicos establecidos en el reglamento (UE) 2024/795 del Parlamento Europeo y el Consejo: tecnologías digitales, tecnologías limpias y eficientes en el uso de los recursos y biotecnologías. Forman parte de estos sectores tecnológicos las siguientes tecnologías detalladas en la Comunicación de la Comisión C/2024/3209.
La solicitud se realizará mediante un formulario de cumplimentación electrónica siendo obligatoria su presentación online ante la sede electrónica de la Generalitat, en el marco de un trámite telemático a través de los medios disponibles en la página web de la AVI, con firma y registro electrónico.
Junto con el formulario electrónico de solicitud el solicitante deberá adjuntar en plazo la siguiente documentación, según los modelos normalizados disponibles en la página web de la AVI https://innoavi.es/es/convocatorias-de-proyectos/:
El plazo de presentación de solicitudes de este procedimiento en el que la concesión es en régimen de concesión de concurrencia competitiva será del 1 de abril al 23 de abril de 2026. Sólo serán admitidas las solicitudes que hayan sido grabadas en la sede electrónica de la Generalitat antes de las 14:00 horas del último día de plazo de presentación. En el caso de que una misma entidad solicitante presente varias solicitudes para un mismo proyecto, únicamente se considerará válida la última presentada en plazo.
Los proyectos, deberán tener necesariamente alcance plurianual durante tres ejercicios presupuestarios. Deberán realizarse entre la fecha de presentación de la solicitud y el 31 de diciembre de 2028.
Las entidades beneficiarias de subvenciones deberán presentar la documentación justificativa de ejecución del proyecto en las fechas indicadas a continuación:
- En la primera fase de justificación que corresponde al periodo de ejecución comprendido entre la fecha de inicio del proyecto y el 31 de diciembre de 2026, la documentación justificativa se presentará entre las 9:00 horas del 2 de enero y las 14:00 horas del 5 de febrero de 2027, salvo los justificantes de los pagos de las cuotas a la Seguridad Social correspondientes a 2026, pero que deben ser ingresados por la entidad beneficiaria con posteridad a la citada fecha límite anterior, que se presentarán como máximo el 3 de abril de 2027.
- En la segunda fase de justificación, que corresponde al periodo de ejecución comprendido entre el 1 de enero de 2027 y el 31 de diciembre de 2027, la documentación justificativa se presentará entre las 9:00 horas del 2 de enero y las 14:00 horas del 5 de febrero de 2028, salvo los justificantes de los pagos de las cuotas a la Seguridad Social correspondientes a 2027, pero que deben ser ingresados por la entidad beneficiaria con posteridad a la citada fecha límite anterior, que se presentarán como máximo el 3 de abril de 2028.
- En la tercera fase de justificación, que corresponde al periodo de ejecución comprendido entre el 1 de enero de 2028 y 31 de diciembre de 2028, la documentación justificativa se presentará entre las 9:00 horas del 2 de enero y las 14:00 horas del 5 de febrero de 2029, salvo los justificantes de los pagos de las cuotas a la Seguridad Social correspondientes a 2028, pero que deben ser ingresados por la entidad beneficiaria con posteridad a la citada fecha límite anterior, que se presentarán, como máximo, el día 3 de abril de 2029.
Por ello, en el caso de que alguna de las entidades participantes no obtuviera la condición de beneficiario o, habiéndola obtenido, la perdiera antes de la resolución de la convocatoria, el proyecto será denegado en su totalidad, extendiéndose la consecuencia al resto de partícipes.
No se subvencionarán aquellos proyectos dirigidos a aumentar la eficiencia de los combustibles fósiles y tecnologías relacionadas, ni a incrementar la emisión de gases de efecto invernadero. Tampoco serán susceptibles de subvención aquellos proyectos que contribuyan a la promoción de combustibles fósiles. De manera que solo serán elegibles los proyectos que sean conformes con el principio de DNSH para todos los objetivos ambientales.
Las intensidades de subvención, establecidas como porcentaje sobre los costes subvencionables, son las que se resumen en la siguiente tabla:
Un proyecto solo podrá ser aprobado cuando la puntuación obtenida en la evaluación alcance un valor mínimo de 50 puntos y la puntuación del apartado c) sea igual o superior a 13 puntos. Se valorarán los proyectos en su globalidad, atendiendo a los siguientes criterios:
a) Innovación y calidad de la propuesta. Se valora la claridad y coherencia de la propuesta al objeto de la convocatoria, su carácter innovador, emergente o de vanguardia, su concreción de objetivos, la metodología, los recursos asignados y el plan de trabajo. Puntuación máxima: 40 puntos.
b) Capacidad técnica de la propuesta. Capacidad técnica para realizar el proyecto con una valoración única, considerando las características de todos sus participantes. Se valorará la experiencia de la entidad solicitante y de los miembros del consorcio, así como la viabilidad de la ejecución económica del proyecto. Puntuación máxima: 30 puntos.
c) Impacto del proyecto. Se valorará el impacto de los resultados del proyecto en cuanto al potencial de explotación comercial y a la colaboración entre entidades de diferente naturaleza. Puntuación máxima: 25 puntos.
d) Alineación con políticas de igualdad de género y de accesibilidad de las personas con diversidad funcional. Se valorará la presencia equilibrada de mujeres en los órganos de gobierno de la entidad solicitante, así como que en la misma se supere la cuota de reserva de puestos de trabajo para personas con diversidad funcional establecida en la normativa. Puntuación máxima: 5 puntos.
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Alicante (+34) 96 654 59 30
València (+34) 96 386 92 00