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Impulso a la compra pública innovadora

Convocatoria 2019

Descripción

El objetivo de este programa es potenciar el desarrollo de mercados innovadores a través de la contratación pública, incentivar la compra pública innovadora desde el lado de la demanda del gestor público y desde el lado de la oferta, es decir, de las empresas, estimulándolas a participar y presentar ofertas innovadoras en los procesos de Compra Pública Innovadora (CPI). 

Beneficiarios

Línea 1. Fomento de los proyectos de I+D+i destinados a la Compra Pública de Innovación


Podrán tener la condición de entidades beneficiarias las empresas y organismos de investigación, con capacidad de proveer de soluciones tecnológicas a las administraciones, que vayan a presentarse a licitaciones de CPI de la Administración Pública, con sede social o establecimiento de producción ubicado en la Comunitat Valenciana.
Línea 2. Impulso de la demanda de licitaciones de productos y servicios innovadores

Podrán tener la condición de entidades beneficiarias las entidades locales de la Comunitat Valenciana con capacidad de compra regulada por la Ley de Contratos del Sector Público y proclives a comprar servicios o productos con alto contenido innovador, y las entidades sin ánimo de lucro –públicas o privadas- con personalidad jurídica propia y sede en la Comunitat Valenciana, que en sus estatutos tengan entre sus fines prestar servicios de asesoramiento en materia de innovación.

Tipología de proyectos

Línea 1. Fomento de los proyectos de I+D+i destinados a la Compra Pública de Innovación

Se apoya el coste de I+D+i requerida en una licitación pública de innovación, de manera que se facilite la presencia de empresas valencianas en licitaciones públicas de productos y servicios innovadores.


Línea 2 Impulso de la demanda de licitaciones de productos y servicios innovadores

Dinamización de la Compra Pública Innovadora en la Comunitat, a través de iniciativas de apoyo a la compra pública de innovación, financiando actividades dirigidas a la puesta en marcha de compra públicas innovadoras y sus procedimientos, también serán apoyadas las acciones de promoción de la CPI que incluyan la difusión de la metodología con objeto de facilitar la participación de las empresas.

La ayuda consistirá en una subvención de hasta el 100% de los costes considerados como subvencionables con un importe máximo de ayuda de 100.000 euros.


Solicitud

La solicitud se realizará mediante un formulario de cumplimentación electrónica siendo obligatoria su presentación online ante la sede electrónica de la Generalitat, en el marco de un trámite telemático a través de los medios disponibles en la página web de la AVI , con firma y registro electrónico.

Junto con el formulario electrónico de solicitud el solicitante deberá adjuntar en plazo la siguiente documentación, según los modelos normalizados disponibles en la página web de la AVI :  
  • Memoria descriptiva del proyecto. 
  • Presupuesto. 
  • Declaración responsable relativa al cumplimiento por parte de la entidad solicitante de los requisitos a que hace referencia el artículo 5 de las bases reguladoras. La presentación de la declaración responsable faculta a la Administración para verificar en cualquier momento la veracidad de los datos declarados. 
  • Documentación adicional que, en su caso, se indique para cada actuación en el anexo correspondiente de esta convocatoria.  
  • En el caso de entidades solicitante no inscritas en el Registro Mercantil:   
    • Estatutos o documentación acreditativa de la constitución de la entidad solicitante.  
    • Documento acreditativo de poderes para actuar como representante legal de la entidad que solicita la ayuda.   
Si la citada documentación ya obra en poder de la AVI, y se mantiene vigente desde su última presentación:
  • Declaración expresa de vigencia.      
  • Declaración de otras ayudas recibidas para los mismos costes del proyecto. 
  • Declaración expresa de las ayudas de minimis solicitadas y recibidas en el ejercicio fiscal en curso, así como de las recibidas durante los dos ejercicios fiscales anteriores. 
  • En caso de presentación de la solicitud sea efectuada por persona física distinta al representante legal de la entidad solicitante: 
    • Autorización de representación a terceros. 

Documentación adicional


Línea 1. Fomento de los proyectos de I+D+i destinados a la Compra Pública de Innovación

  • Información referente a la licitación que da lugar al proyecto. 
  • Informe de efector incentivador para grandes empresas 


Línea 2. Impulso de la demanda de licitaciones de productos y servicios innovadores

  • Entidades locales: 
    • Certificado de acuerdo del pleno del ayuntamiento o, en su defecto, acuerdo de la junta de gobierno en relación con la participación en la presente convocatoria. 
    • Certificado expedido por el Secretario/a o Interventor/a de dicha corporación de la acreditación legal de quien firma la solicitud. 
    • Certificado expedido por el Secretario/a o Interventor/a de dicha corporación de cumplimiento de rendición de cuentas del Ayuntamiento respectivo ante Sindicatura de Comptes. 
  • En caso de universidades, cuando el proyecto corresponda a actividad económica, declaración expresa del representante legal de la entidad solicitante en la que certifique que la ejecución del proyecto tiene carácter no económico. 

Plazos

  • Plazo de solicitud 
El plazo de presentación de solicitudes será de 21 días naturales, desde el día siguiente al de la publicación, en extracto, de la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

  • Plazo de ejecución 
Los proyectos anuales deberán realizarse entre 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019. 
Los proyectos plurianuales -con duración máxima de dos años-, deberán realizarse entre 1 de enero de 2019 y 31 de marzo de 2021.

  • Plazo de justificación 
    • Proyectos anuales. 
Las entidades beneficiarias de ayudas deberán presentar la documentación justificativa de ejecución del proyecto con fecha límite del 23 de enero de 2020, salvo los justificantes de los pagos de las cuotas a la Seguridad Social correspondientes a 2019, pero que deben ser ingresados por la entidad beneficiaria con posteridad a la citada fecha límite anterior, que se presentarán, como máximo, el día 6 de abril de 2020.
    • Proyectos plurianuales. 
Las entidades beneficiarias de ayudas deberán presentar la documentación justificativa de ejecución del proyecto en dos fases:
      • En la primera fase, que corresponde al periodo de ejecución comprendido entre la fecha de inicio del proyecto y el 31 de diciembre de 2019, la documentación justificativa se presentará, como máximo, el 23 de enero de 2020, salvo los justificantes de los pagos de las cuotas a la Seguridad Social correspondientes a 2019, pero que deben ser ingresados por la entidad beneficiaria con posteridad a la citada fecha límite anterior, que se presentarán, como máximo, el día 6 de abril de 2020.  
      • En la segunda fase, que correspondiente al periodo de ejecución comprendido entre el 1 de enero de 2020 y el 31 de marzo de 2021, la documentación justificativa se presentará, como máximo, el 23 de abril de 2021, salvo los justificantes de los pagos de las cuotas a la Seguridad Social correspondientes a 2021 pero que deben ser ingresados por la entidad beneficiaria con posteridad a la citada fecha límite anterior, que se presentarán, como máximo, el día 6 de julio de 2021. 

Requisitos de los proyectos

  • Los proyectos deben consistir en acciones encaminadas a promover y facilitar el desarrollo de la compra pública de innovación tanto desde el lado de la oferta, animando a las empresas a participar, como de la demanda, facilitando la incorporación de este tipo de compras en las licitaciones públicas de las entidades solicitantes.  
  • En el caso de las entidades locales el resultado del proyecto deberá concretarse en la puesta en marcha de un procedimiento de Compra Pública Innovadora o Compra Pública Pre-Comercial o, en su caso la creación y puesta en marcha de un equipo de CPI. 
  • La entidad solicitante del proyecto deberá desarrollar la actividad aprobada conforme a lo previsto en la memoria presentada y en la resolución de concesión. La no ejecución de los compromisos adquiridos podrá significar la revocación de la ayuda a la totalidad del proyecto, en la medida en que los resultados del mismo queden afectados.  
  • Los resultados de los proyectos deberán tener impacto tangible en la Comunitat Valenciana.  
  • El contenido de los proyectos presentados deberá ser coherente con la actividad, fines y estrategia de la entidad solicitante.  
  • En caso de grandes empresas, informe justificativo que demuestre el efecto incentivador de la ayuda solicitada en los términos establecidos en la disposición adicional tercera de las bases reguladoras. 

Gastos subvencionables

  • Gastos de personal, incluyendo salarios y cuotas de la Seguridad Social, empleado en centros de la Comunitat Valenciana, en la medida en que estén dedicados al desarrollo del proyecto.
  • Gastos de servicios externos de consultoría y asistencia técnica destinados de manera exclusiva al proyecto.
  • Gastos de material fungible y suministros similares que se deriven directamente del proyecto. Se excluye material de oficina y consumibles informáticos.
  • Gastos de desplazamiento y alojamiento de personal con motivo de las actividades del proyecto. Los gastos que se imputen estarán limitados por los importes establecidos en el Decreto 24/1997, de 11 de febrero, del Gobierno Valenciano, sobre indemnizaciones por razón del servicio y gratificaciones por servicios extraordinarios y sus respectivas modificaciones. No se consideran elegibles los gastos de restauración; respecto a los gastos de transporte, únicamente serán elegibles los gastos de desplazamiento en medios públicos de transporte interurbano y, todos ellos del personal propio de la entidad solicitante con motivos de las actividades del proyecto.
  • Coste del informe de auditoría sobre las cuentas justificativas del gasto del proyecto. El coste máximo subvencionable del informe de auditoría sobre las cuentas justificativas del gasto del proyecto será de 1.400 euros por anualidad, siempre que dicho coste se haya incluido en el presupuesto presentado con la solicitud de ayuda.

Intensidad de la ayuda

La ayuda consistirá en una subvención de hasta el 100% de los costes considerados como subvencionables con un importe máximo de ayuda de 100.000 euros.

Criterios de evaluación de solicitudes

Un proyecto solo podrá ser apoyado cuando la puntuación obtenida en la evaluación sea como mínimo de 40 puntos.

Se valorarán los proyectos atendiendo a los siguientes criterios:
Línea 1. Fomento de los proyectos de I+D+i destinados a la Compra Pública de Innovación
  • Calidad y alcance de la actuación. Puntuación máxima: 30 puntos.
    • Claridad y coherencia de la propuesta, valorándose la concreción de los objetivos, la metodología, los recursos y plan de trabajo. Hasta 10 puntos.
    • Alineación con los retos y soluciones identificados por el Comité Estratégico de Innovación (CEI) de la AVI. Hasta 10 puntos.
    • Carácter innovador de la propuesta, valorando la novedad y originalidad del proyecto respecto al estado de la técnica actual y la aportación al progreso tecnológico. Hasta 10 puntos.
  • Adecuación de los recursos planificación y gestión del proyecto. Puntuación máxima: 30 puntos.
    • Capacidad técnica y dedicación del personal de la entidad solicitante a la gestión y ejecución de la propuesta. Hasta 10 puntos.
    • Capacidad financiera y adecuación del presupuesto a las características de la entidad y de las actividades propuestas. Hasta 10 puntos.
    • Viabilidad de la ejecución económica de las actividades previstas en el periodo indicado. Hasta 10 puntos.
  • Impacto del proyecto. Puntuación máxima: 30 puntos.
    • Impacto directo sobre la empresa solicitante en términos de incremento de la actividad, aumento de las exportaciones o crecimiento en general. Hasta 15 puntos.
    • Efecto arrastre del solicitante. Hasta 15 puntos.
  • Alineación con la estrategia de innovación de la Comunitat Valenciana RIS3CV o con criterios medioambientales o sociales. Puntuación máxima: 10 puntos.
    • Alineación con la Estrategia de Especialización Inteligente de la Comunitat Valenciana (RIS3CV), valorando los proyectos que se encuentren enmarcados en alguno de los ámbitos de prioridades de la estrategia RIS3CV que se puede consultar en http://www.ris3cv.gva.es/. Hasta 3 puntos.
    • Alineación con políticas medioambientales, valorando los proyectos con impacto favorable para la economía circular, simbiosis industrial, reducción de residuos, eficiencia energética o minimización del consumo de recursos. Hasta 3 puntos.
    • Alineación con aspectos sociales, valorando los proyectos cuyos resultados contribuyan a mejorar la calidad de vida o la salud de las personas. Hasta 4 puntos.

Línea 2. Impulso de la demanda de licitaciones de productos y servicios innovadores
  • Calidad y alcance de la actuación. Puntuación máxima: 30 puntos.
    • Estructura y organización de la propuesta y grado de descripción de las acciones del proyecto. Hasta 10 puntos.
    • Alineación con los retos y soluciones identificados por el Comité Estratégico de Innovación (CEI) de la AVI. Hasta 10 puntos.
    • Grado de participación o integración de agentes del SVI en la propuesta. Hasta 5 puntos.
    • Coherencia de las finalidades perseguidas mediante las actividades a realizar con las prioridades definidas en el Plan Estratégico/objetivos de la entidad solicitante. Hasta 5 puntos.
  • Adecuación de los recursos, planificación y gestión del proyecto. Puntuación máxima: 30 puntos.
    • Capacidad y dedicación del personal de entidad solicitante a la gestión y ejecución de la propuesta. Hasta 10 puntos.
    • Planificación y desarrollo de las actividades propuestas. Hasta 10 puntos.
    • Adecuación del presupuesto a las características de la entidad y de las actividades propuestas. Hasta 10 puntos.
  • Impacto del proyecto. Puntuación máxima: 30 puntos.
    • Potencialidad de las actividades en términos de dinamización de la Compra Pública Innovadora. Hasta 10 puntos.
    • Previsión de creación de un equipo especializado en CPI. Hasta 10 puntos.
    • Interés de los resultados del proyecto desde el punto de vista de fomento de la participación de empresas valencianas en procedimientos de CPI. Hasta 10 puntos.
  • Alineación con la estrategia de innovación de la Comunitat Valenciana RIS3CV o con criterios medioambientales o sociales. Puntuación máxima: 10 puntos.
    • Alineación con la Estrategia de Especialización Inteligente de la Comunitat Valenciana (RIS3CV), valorando los proyectos que se encuentren enmarcados en alguno de los ámbitos de prioridades de la estrategia RIS3CV que se puede consultar en http://www.ris3cv.gva.es/. Hasta 3 puntos.
    • Alineación con políticas medioambientales, valorando los proyectos con impacto favorable para la economía circular, simbiosis industrial, reducción de residuos, eficiencia energética o minimización del consumo de recursos. Hasta 3 puntos.
    • Alineación con aspectos sociales, valorando los proyectos cuyos resultados contribuyan a mejorar la calidad de vida o la salud de las personas. Hasta 4 puntos.
Convocatorias anteriores
Atención personal

info.avi@gva.es 

Alicante (+34) 96 647 83 60

València (+34) 96 386 92 00 


Horario de atención: de 9 a 14.00 horas


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