Convocatoria 2025
Línea 1. Agentes de innovación
Puesta en marcha de una red de agentes de innovación en universidades, centros de investigación y asociaciones empresariales y otras entidades de apoyo a la innovación para promover la explotación del conocimiento y su transferencia hacia las empresas.
Sublínea 1.1 Contratación por las entidades beneficiarias de personas cuya función será favorecer la investigación aplicada y orientada a resultados, el trasvase del conocimiento hacia las empresas, así como promover una colaboración estable y a largo plazo entre los universos industrial/empresarial y científico/universitario.
Sublínea 1.2 Mantenimiento del agente de innovación apoyado en la línea de Agentes de Innovación.
Línea 1. Agentes de Innovación
Línea 2. Incorporación de personas investigadoras y tecnólogas para proyectos de innovación en empresas (Incorporació)
Línea 3. Doctorandos o doctorandas empresariales (Innodocto)
Línea 4. Agentes de innovación de proximidad
Línea 1. Agentes de innovación
Sublínea 1.1 Contratación por las entidades beneficiarias de personas cuya función será favorecer la investigación aplicada y orientada a resultados, el trasvase del conocimiento hacia las empresas, así como promover una colaboración estable y a largo plazo entre los universos industrial/empresarial y científico/universitario.
Sublínea 1.2 Mantenimiento del agente de innovación.
Línea 2. Incorporación de investigadores y tecnólogos para proyectos de innovación en empresas (Incorporació)
Sublínea 2.1 Contratación por empresas de personal investigador o técnico para desarrollar actividades de I+D+i, de implantación de tecnologías relacionadas con la nueva economía o para el desarrollo de proyectos que faciliten la consolidación de nuevas empresas innovadoras.
Esta sublínea está dirigida a empresas que contratan nuevo personal investigador con titulación universitaria o de grado superior en Formación Profesional, bien para llevar a cabo actividades propias de I+D+i o proyectos de implantación de tecnologías vinculadas a la nueva economía, o bien para el desarrollo de proyectos que faciliten la consolidación de nuevas empresas innovadoras.
Sublínea 2.2. Mantenimiento del personal investigador o técnico.
Línea 3. Doctorandos y doctorandas empresariales (Inndocto)
Sublínea 3.1. Apoyo a personal de investigación de las empresas (ya en plantilla o bien de nueva contratación) que va a llevar a cabo una tesis doctoral vinculada a un proyecto de I+D+i desarrollado por la empresa.
Sublínea 3.2. Mantenimiento del doctorando o doctoranda apoyado en el ejercicio anterior en la sublínea Innodocto de la convocatoria de convocatorias anteriores.
Línea 4. Agentes de innovación de proximidad
Sublínea 4.1. Contratación por las entidades beneficiarias de personas cuya función será incorporar factores de innovación en su entorno empresarial de proximidad.
Sublínea 4.2. Mantenimiento del agente de innovación de proximidad de la sublínea 4.1.
La solicitud se realizará mediante un formulario de cumplimentación electrónica siendo obligatoria su presentación online ante la sede electrónica de la Generalitat, en el marco de un trámite telemático a través de los medios disponibles en la página web de la AVI, con firma y registro electrónico. Junto con el formulario electrónico de solicitud el solicitante deberá adjuntar en plazo la siguiente documentación según los modelos normalizados disponibles en la página web de la AVI https://innoavi.es/es/convocatorias-de-proyectos/:
El plazo de presentación de solicitudes de este procedimiento en el que la concesión es en régimen de concurrencia competitiva será del 17 de junio al 8 de julio de 2025. Sólo serán admitidas las solicitudes que hayan sido grabadas en la sede electrónica de la Generalitat antes de las 14:00 horas del último día de plazo de presentación. En el caso de que una misma entidad solicitante presente varias solicitudes para un mismo proyecto, únicamente se considerará válida la última presentada en plazo.
Los proyectos anuales deberán realizarse entre 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025.
Los proyectos plurianuales -con duración máxima de tres años-, deberán realizarse entre 1 de enero de 2025 y 31 de diciembre de 2027
Las entidades beneficiarias de subvenciones deberán presentar la documentación justificativa de ejecución del proyecto en, como máximo, tres fases en las fechas indicadas a continuación:
- En la primera fase de justificación que corresponde al periodo de ejecución comprendido entre la fecha de inicio del proyecto y el 31 de diciembre de 2025, la documentación justificativa se presentará, entre las 9:00 horas del 2 de enero y las 14:00 horas del 5 de febrero de 2026, salvo los justificantes de los pagos de las cuotas a la Seguridad Social correspondientes a 2025, pero que deben ser ingresados por la entidad beneficiaria con posteridad a la citada fecha límite anterior, que se presentarán como máximo el 3 de abril de 2026.
- En la segunda fase de justificación, que corresponde al periodo de ejecución comprendido entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2026 la documentación justificativa se presentará, entre las 9:00 horas del 2 de enero y las 14:00 horas del 5 de febrero de 2027, salvo los justificantes de los pagos de las cuotas a la Seguridad Social correspondientes a 2026, pero que deben ser ingresados por la entidad beneficiaria con posteridad a la citada fecha límite anterior, que se presentarán como máximo el 3 de abril de 2027
- En la tercera fase de justificación, que corresponde al periodo de ejecución comprendido entre el 1 de enero de 2026 y 31 de diciembre de 2027, la documentación justificativa se presentará, entre las 9:00 horas del 2 de enero y las 14:00 horas del 5 de febrero de 2028, salvo los justificantes de los pagos de las cuotas a la Seguridad Social correspondientes a 2027, pero que deben ser ingresados por la entidad beneficiaria con posteridad a la citada fecha límite anterior, que se presentarán, como máximo, el día 3 de abril de 2028.
Se incluye una lista no exhaustiva de requisitos a cumplir:
Línea 1. Agentes de innovación
Línea 2. Incorporación de investigadores y tecnólogos para proyectos de innovación en empresas (INCORPORACIÓ)
Otros requisitos a cumplir, por favor, revise la Convocatoria de subvenciones publicada en el DOGV.
Línea 3. Doctorandos y doctorandas empresariales (Innodoctos)
Otros requisitos a cumplir, por favor, revise la Convocatoria de subvenciones publicada en el DOGV.
Otros requisitos a cumplir, por favor, revise la Convocatoria de subvenciones publicada en el DOGV.
Línea 3. Doctorandos empresariales (Innodocto)
Línea 4. Agentes de innovación de proximidad
Línea 1. Agentes de innovación
La subvención consistirá en una subvención de hasta el 100 % de los costes considerados como subvencionables. Para los proyectos de la línea 1.2, mantenimiento, la intensidad máxima será del 90%
Línea 2. Incorporación de investigadores y tecnólogos para proyectos de innovación en empresas (INCORPORACIÓ)
La subvención consistirá en una subvención de hasta el 50 % de los costes considerados como subvencionables para pymes y de hasta el 30 % para grandes empresas. Sin superar estos límites podrá incrementarse la intensidad de subvención hasta en un 5 %, cuando la persona contratada sea mujer al objeto de paliar la brecha de género existente en la investigación científico-técnica.
Línea 3. Doctorandos empresariales (Innodocto)
La subvención consistirá en una subvención de hasta el 50 % de los costes considerados como subvencionables para pymes y de hasta el 30 % para grandes empresas. Sin superar estos límites podrá incrementarse la intensidad de subvención hasta en un 5 %, cuando la persona contratada sea mujer, al objeto de paliar la brecha de género existente en la investigación científico-técnica.
Línea 4. Agentes de innovación de proximidad
La ayuda consistirá en una subvención de hasta el 100% de los costes considerados como subvencionables.
Línea 1. Agentes de innovación
Un proyecto solo podrá ser apoyado cuando la puntuación obtenida en la evaluación sea como mínimo de 50 puntos.
Sublínea 1.1 Contratación por las entidades beneficiarias de agentes de la innovación
Sublínea 1.2 Mantenimiento del agente de innovación apoyado en la línea de Agentes de Innovación de convocatorias anteriores de esta Agencia.
Línea 2. Incorporación de investigadores y tecnólogos para proyectos de innovación en empresas (INCORPORACIÓ)
Un proyecto solo podrá ser apoyado cuando la puntuación obtenida en la evaluación sea como mínimo de 50 puntos.
Sublínea 2.1. Contratación por empresas de personal investigador o técnico para desarrollar actividades de I+D+i, de implantación de tecnologías relacionadas con la nueva economía o para el desarrollo de proyectos que faciliten la consolidación de nuevas empresas innovadoras:
Sublínea 2.2. Mantenimiento del personal investigador o técnico
Línea 3. Doctorandos y doctorandas empresariales (Innodocto)
Un proyecto solo podrá ser apoyado cuando la puntuación obtenida en la evaluación sea como mínimo de 50 puntos.
Sublínea 3.1 Apoyo a personal de investigación de las empresas (ya en plantilla o bien de nueva contratación) que va a llevar a cabo una tesis doctoral vinculada a un proyecto de I+D+i desarrollado por la empresa.
Sublínea 3.2 Mantenimiento del doctorando o doctoranda.
Línea 4. Agentes de innovación de proximidad
Un proyecto solo podrá ser apoyado cuando la puntuación obtenida en la evaluación sea como mínimo de 50 puntos.
Sublínea 4.1. Contratación por las entidades beneficiarias de personas cuya función será incorporar factores de innovación en su entorno empresarial de proximidad.
Sublínea 4.2. Mantenimiento del agente de innovación de proximidad de la sublínea 4.1.
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Alicante (+34) 96 654 59 30
València (+34) 96 386 92 00
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