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Promoción del talento: Agentes de innovación, incorporación de investigadores y tecnólogos para proyectos de innovación en empresas y doctorandos empresariales 

Convocatoria 2025

Descripción

Línea 1. Agentes de innovación

Puesta en marcha de una red de agentes de innovación en universidades, centros de investigación y asociaciones empresariales y otras entidades de apoyo a la innovación para promover la explotación del conocimiento y su transferencia hacia las empresas.
Sublínea 1.1 Contratación por las entidades beneficiarias de personas cuya función será favorecer la investigación aplicada y orientada a resultados, el trasvase del conocimiento hacia las empresas, así como promover una colaboración estable y a largo plazo entre los universos industrial/empresarial y científico/universitario.
Sublínea 1.2 Mantenimiento del agente de innovación apoyado en la línea de Agentes de Innovación.


Línea 2. Incorporación de personas investigadoras y tecnólogas para proyectos de innovación en empresas (Incorporació)
Incentivar la contratación de personas investigadoras y tecnólogas que desarrollen proyectos de I+D+i o realicen la implantación de tecnologías relacionadas con la nueva economía en empresas, o bien desarrollen proyectos que faciliten la consolidación de nuevas empresas innovadoras.
Sublínea 2.1, Contratación por empresas de personal investigador o técnico para desarrollar actividades de I+D+i, de implantación de tecnologías relacionadas con la nueva economía o para el desarrollo de proyectos que faciliten la consolidación de nuevas empresas innovadoras.
Esta sublínea está dirigida a empresas que contratan nuevo personal investigador con titulación universitaria o de grado superior en Formación Profesional, bien para llevar a cabo actividades propias de I+D+i o proyectos de implantación de tecnologías vinculadas a la nueva economía, o bien para el desarrollo de proyectos que faciliten la consolidación de nuevas empresas innovadoras.
Sublínea 2.2, Mantenimiento del personal investigador o técnico.

Línea 3. Doctorandos empresariales (Innodocto)
Promover la formación de doctorandos y doctorandas en las empresas, propiciando la adquisición por parte de aquellos y aquellas de las habilidades necesarias para desarrollar proyectos de I+D en entornos empresariales y así incrementar el grado de tecnificación y capacidad innovadora de las plantillas de las empresas.
Asimismo, fomentar la obtención de la mención Industrial en el título de doctor de acuerdo con los criterios establecidos en el artículo 15bis del Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado.
Sublínea 3.1 Apoyo a personal de investigación de las empresas (ya en plantilla o bien de nueva contratación) que va a llevar a cabo una tesis doctoral vinculada a un proyecto de I+D+i desarrollado por la empresa.
Sublínea 3.2 Mantenimiento del doctorando o doctoranda.

Línea 4. Agentes de innovación de proximidad
Puesta en marcha de una red de agentes de innovación de proximidad para introducir factores de innovación y promover la transferencia de conocimiento en las áreas industriales y territorios rurales de la Comunitat Valenciana.
Sublínea 4.1 Contratación por las entidades beneficiarias de personas cuya función será incorporar factores de innovación en su entorno empresarial de proximidad.

Beneficiarios

Línea 1. Agentes de Innovación 

  • Universidades públicas y privadas sin ánimo de lucro integradas en RUVID, centros tecnológicos y organismos públicos de investigación.
  • Institutos de investigación sanitaria, entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro vinculadas o concertadas con el Sistema Valenciano de Salud que desarrollen actividad investigadora. 
  • Otros centros públicos de I+D dependientes o vinculados a las administraciones públicas y sus organismos, así como otras entidades privadas sin ánimo de lucro que realicen actividad de I+D y generen conocimiento científico o tecnológico 
  • Cualesquiera otras personas jurídicas del Sistema Valenciano de Innovación, públicas o privadas sin ánimo de lucro que faciliten la creación, difusión, aplicación o transferencia del conocimiento científico o tecnológico a las empresas o presten servicios a las mismas en materia de apoyo a la innovación. 


Línea 2. Incorporación de personas investigadoras y tecnólogas para proyectos de innovación en empresas (Incorporació) 

  • Empresas con sede social o establecimiento de producción ubicado en la Comunitat Valenciana con las siguientes características:
  • Empresas encuadradas en las secciones C, D, E, F, divisiones 10 a 43, de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009). Empresas de servicios intensivos en conocimiento, cuyo código de CNAE 2009 (NACE Rev 2) esté incluido en la clasificación de la Oficina de Estadística de la Unión Europea (Eurostat) accesible en: https://ec.europa.eu/eurostat/statistics-explained/index.php/Glossary:Knowledge-intensive_services_(KIS) 

  • En el caso de la sublínea 2.2 (mantenimiento) la entidad debe haber sido beneficiaria en la línea de Incorporació de convocatorias anteriores. 


Línea 3. Doctorandos o doctorandas empresariales (Innodocto) 

  • Empresas industriales o de servicios incluidas en cualquier epígrafe de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), siempre que la tesis doctoral esté vinculada a un proyecto de I+D+i desarrollado por la empresa.

  • En el caso de la sublínea 3.2 (mantenimiento) la empresa debe haber sido beneficiaria en la línea Innodocto en convocatorias anteriores. 


Línea 4. Agentes de innovación de proximidad 

  • Entidades de gestión y modernización de las áreas industriales, constituidas de acuerdo con el artículo 4 de la Ley 14/2018, de 5 de junio, de gestión, modernización y promoción de las áreas industriales de la Comunitat Valenciana y entidades sin ánimo de lucro cuyo objeto fundamental sea promover la innovación en el territorio rural.


Tipología de proyectos

Línea 1. Agentes de innovación
Sublínea 1.1 Contratación por las entidades beneficiarias de personas cuya función será favorecer la investigación aplicada y orientada a resultados, el trasvase del conocimiento hacia las empresas, así como promover una colaboración estable y a largo plazo entre los universos industrial/empresarial y científico/universitario.
Sublínea 1.2 Mantenimiento del agente de innovación.


Línea 2. Incorporación de investigadores y tecnólogos para proyectos de innovación en empresas (Incorporació)
Sublínea 2.1 Contratación por empresas de personal investigador o técnico para desarrollar actividades de I+D+i, de implantación de tecnologías relacionadas con la nueva economía o para el desarrollo de proyectos que faciliten la consolidación de nuevas empresas innovadoras.
Esta sublínea está dirigida a empresas que contratan nuevo personal investigador con titulación universitaria o de grado superior en Formación Profesional, bien para llevar a cabo actividades propias de I+D+i o proyectos de implantación de tecnologías vinculadas a la nueva economía, o bien para el desarrollo de proyectos que faciliten la consolidación de nuevas empresas innovadoras.
Sublínea 2.2. Mantenimiento del personal investigador o técnico.


Línea 3. Doctorandos y doctorandas empresariales (Inndocto)
Sublínea 3.1. Apoyo a personal de investigación de las empresas (ya en plantilla o bien de nueva contratación) que va a llevar a cabo una tesis doctoral vinculada a un proyecto de I+D+i desarrollado por la empresa.
Sublínea 3.2. Mantenimiento del doctorando o doctoranda apoyado en el ejercicio anterior en la sublínea Innodocto de la convocatoria de convocatorias anteriores.


Línea 4. Agentes de innovación de proximidad
Sublínea 4.1. Contratación por las entidades beneficiarias de personas cuya función será incorporar factores de innovación en su entorno empresarial de proximidad.
Sublínea 4.2. Mantenimiento del agente de innovación de proximidad de la sublínea 4.1.


Solicitud

La solicitud se realizará mediante un formulario de cumplimentación electrónica siendo obligatoria su presentación online ante la sede electrónica de la Generalitat, en el marco de un trámite telemático a través de los medios disponibles en la página web de la AVI, con firma y registro electrónico. Junto con el formulario electrónico de solicitud el solicitante deberá adjuntar en plazo la siguiente documentación según los modelos normalizados disponibles en la página web de la AVI https://innoavi.es/es/convocatorias-de-proyectos/:

  • Memoria descriptiva del proyecto
  • Presupuesto.
  • Documentación y declaraciones responsables conforme a lo establecido en el resuelvo cuarto y correspondiente Anexo de la convocatoria.

Plazos

  • Plazo de solicitud

El plazo de presentación de solicitudes de este procedimiento en el que la concesión es en régimen de concurrencia competitiva será del 17 de junio al 8 de julio de 2025. Sólo serán admitidas las solicitudes que hayan sido grabadas en la sede electrónica de la Generalitat antes de las 14:00 horas del último día de plazo de presentación. En el caso de que una misma entidad solicitante presente varias solicitudes para un mismo proyecto, únicamente se considerará válida la última presentada en plazo.


  • Período de ejecución.

Los proyectos anuales deberán realizarse entre 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025.

Los proyectos plurianuales -con duración máxima de tres años-, deberán realizarse entre 1 de enero de 2025 y 31 de diciembre de 2027


  • Plazo de justificación 

Las entidades beneficiarias de subvenciones deberán presentar la documentación justificativa de ejecución del proyecto en, como máximo, tres fases en las fechas indicadas a continuación:

  • En la primera fase de justificación que corresponde al periodo de ejecución comprendido entre la fecha de inicio del proyecto y el 31 de diciembre de 2025, la documentación justificativa se presentará, entre las 9:00 horas del 2 de enero y las 14:00 horas del 5 de febrero de 2026, salvo los justificantes de los pagos de las cuotas a la Seguridad Social correspondientes a 2025, pero que deben ser ingresados por la entidad beneficiaria con posteridad a la citada fecha límite anterior, que se presentarán como máximo el 3 de abril de 2026.

  • En la segunda fase de justificación, que corresponde al periodo de ejecución comprendido entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2026 la documentación justificativa se presentará, entre las 9:00 horas del 2 de enero y las 14:00 horas del 5 de febrero de 2027, salvo los justificantes de los pagos de las cuotas a la Seguridad Social correspondientes a 2026, pero que deben ser ingresados por la entidad beneficiaria con posteridad a la citada fecha límite anterior, que se presentarán como máximo el 3 de abril de 2027

  • En la tercera fase de justificación, que corresponde al periodo de ejecución comprendido entre el 1 de enero de 2026 y 31 de diciembre de 2027, la documentación justificativa se presentará, entre las 9:00 horas del 2 de enero y las 14:00 horas del 5 de febrero de 2028, salvo los justificantes de los pagos de las cuotas a la Seguridad Social correspondientes a 2027, pero que deben ser ingresados por la entidad beneficiaria con posteridad a la citada fecha límite anterior, que se presentarán, como máximo, el día 3 de abril de 2028.

Requisitos de los proyectos

Se incluye una lista no exhaustiva de requisitos a cumplir:


Línea 1. Agentes de innovación

  • Como regla general, las entidades solicitantes podrán presentar como máximo dos solicitudes apoyando a una persona agente de la Innovación por cada solicitud. No necesariamente debe tratarse de una solicitud por sublínea.

  • No obstante, cuando la entidad solicitante tenga la consideración de organismo de investigación, podrá presentar hasta cuatro solicitudes.

  • Asimismo, cuando la entidad solicitante tenga la consideración de universidad pública podrá presentar hasta un máximo de seis solicitudes para la adscripción de agentes de innovación a sus grupos, institutos u otras estructuras de investigación y transferencia, con el límite de una solicitud por cada una de las estructuras referidas.

  • El contrato de trabajo deberá realizarse por cuenta ajena y respetando la categoría profesional y remuneración del perfil profesional contratado, no siendo admisibles los contratos en prácticas. Solo se admitirán contratos relativos a trabajadores incluidos en los grupos 1 y 2 de cotización del Régimen General de la Seguridad Social debiendo acreditarse en el momento de la solicitud para contratos ya realizados. El contrato deberá incluir la mención de haber sido financiado tanto por la AVI como por la Unión Europea, lo cual podrá indicarse en una adenda al contrato tras la concesión de la ayuda.

  • En caso de que la persona que ejercerá las funciones de agente de la innovación ya estuviera contratada por la entidad con anterioridad a la fecha de solicitud de la subvención, incluso a la fecha de inicio del plazo de ejecución del proyecto previsto en el resuelvo séptimo de esta convocatoria, el contrato deberá cumplir las condiciones recogidas en este apartado. En caso contrario deberá modificarse dicho contrato.

  • En la sublínea 1.2, deberá existir continuidad en la entidad de la persona apoyada en el ejercicio anterior entre el final del proyecto anterior y el inicio del actual una vez concedida la subvención, con las salvedades descritas en este apartado.

  • Los proyectos deberán necesariamente enmarcarse en las prioridades de especialización identificadas en la Estrategia de especialización inteligente de la Comunitat Valenciana, que se puede consultar enhttps://cindi.gva.es/es/web/s3cv/que-es-la-s3cv

Otros requisitos a cumplir, por favor, revise la Convocatoria de subvenciones publicada en el DOGV.

Línea 2. Incorporación de investigadores y tecnólogos para proyectos de innovación en empresas (INCORPORACIÓ)

  • Las entidades solicitantes solo podrán presentar dos solicitudes para el apoyo a una persona investigadora o tecnóloga por solicitud; no necesariamente debe tratarse de una solicitud por sublínea, con las limitaciones establecidas en el apartado 3 de la convocatoria, y pudiendo obtener financiación en un máximo de seis anualidades consecutivas. Teniendo en cuenta los proyectos que ya estén ejecutándose como consecuencia de convocatorias anteriores en el marco de esta línea, en ningún caso podrá simultanearse la ejecución de más de dos proyectos.

  • El nivel de empleo en la empresa se deberá haber mantenido entre el periodo comprendido entre la publicación de la convocatoria y la finalización del periodo elegible. En el caso de incumplimiento de este requisito, la empresa podrá sufrir la pérdida parcial del derecho al cobro de la ayuda concedida que consistirá en un porcentaje de un 5% del importe correctamente justificado tras la verificación de la documentación justificativa del proyecto afectado, si la pérdida del empleo en la entidad es inferior o igual al 10% de la plantilla, y de un 10%, en el caso de que dicha pérdida sea de un 11% de la plantilla o superior, con las mismas consideraciones que el anterior.

  • El personal contratado deberá dedicarse de manera exclusiva a las tareas de I+D+i, implantación de tecnologías o proyectos de consolidación previstos en la memoria descriptiva del proyecto.

  • En la sublínea 2.2., deberá existir continuidad en la empresa de la persona apoyada en el ejercicio anterior de manera ininterrumpida entre el final de un ejercicio y el inicio del siguiente, con las salvedades descritas en este apartado.

  • El contrato de trabajo deberá realizarse por cuenta ajena y respetando la categoría profesional y remuneración del perfil profesional contratado, no siendo admisibles los contratos en prácticas. Solo se admitirán contratos relativos a trabajadores incluidos en los grupos 1 y 2 de cotización al Régimen General de la Seguridad Social, en el caso de titulados superiores, grupos 3, 4 y 5 en el caso de técnicos superiores de F.P. debiendo acreditarse en el momento de la solicitud para contratos ya realizados.

  • El contrato deberá incluir la mención de haber sido financiado tanto por la AVI como por la Unión Europea, lo cual podrá indicarse en una adenda al contrato tras la concesión de la ayuda y, en el caso de la sublínea 2.1, deberá haberse suscrito durante el año 2025.

  • Los proyectos deberán necesariamente enmarcarse en las prioridades de especialización identificadas en la Estrategia de especialización inteligente de la Comunitat Valenciana, que se puede consultar en https://cindi.gva.es/es/web/s3cv/que-es-la-s3cv

Otros requisitos a cumplir, por favor, revise la Convocatoria de subvenciones publicada en el DOGV.


Línea 3. Doctorandos y doctorandas empresariales (Innodoctos)

  • Las entidades solicitantes podrán presentar como máximo tres solicitudes a la línea de doctorandos empresariales para el apoyo a una persona por solicitud, con las limitaciones establecidas en el apartado 3, y pudiendo obtener apoyo una misma persona doctoranda en un máximo de seis anualidades consecutivas. Teniendo en cuenta los proyectos que ya estén ejecutándose como consecuencia de convocatorias anteriores en el marco de esta línea, en ningún caso podrán simultanearse la ejecución de un número de proyectos superior a más de tres proyectos

  • Deberá suscribirse el convenio de colaboración marco entre la empresa y la universidad a que hace referencia el apartado 2 del artículo 15 bis (Mención Industrial en el título de Doctor) del Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de Doctorado.

  • El proyecto de investigación estará relacionado directamente con la tesis doctoral a realizar.

  • Las personas doctorandas deberán estar admitidas o matriculadas en un programa de doctorado en el momento de presentación de la solicitud –o, en su defecto, estar en disposición de matricularse en las fechas previstas por la Universidad en que se cursará el doctorado, siempre dentro de la primera anualidad del proyecto.

  • En caso de que el doctorando o doctorando ya estuviera contratado por la entidad con anterioridad a la fecha de solicitud de la subvención, el contrato deberá cumplir las condiciones recogidas en el apartado anterior. En caso contrario deberá modificarse dicho contrato.

  • El contrato de trabajo deberá realizarse por cuenta ajena y respetando la categoría profesional y remuneración del perfil profesional contratado, no siendo admisibles los contratos en prácticas. Solo se admitirán contratos relativos a trabajadores incluidos en el grupo 1 de cotización del Régimen General de la Seguridad Social, debiendo acreditarse en el momento de la solicitud para contratos ya realizados. El contrato deberá incluir la mención de haber sido financiado tanto por la AVI como por la Unión Europea, lo cual podrá indicarse en una adenda al contrato tras la concesión de la ayuda.

  • Los proyectos deberán necesariamente enmarcarse en las prioridades de especialización identificadas en la Estrategia de especialización inteligente de la Comunitat Valenciana, que se puede consultar en https://cindi.gva.es/es/web/s3cv/que-es-la-s3cv

Otros requisitos a cumplir, por favor, revise la Convocatoria de subvenciones publicada en el DOGV.


Línea 4. Agentes de innovación de proximidad
  • Las entidades solicitantes podrán presentar como máximo dos solicitudes apoyando a una persona agente de la Innovación por cada solicitud.

  • El contrato de trabajo deberá realizarse por cuenta ajena y respetando la categoría profesional y remuneración del perfil profesional contratado, no siendo admisibles los contratos en prácticas. Solo se admitirán contratos relativos a trabajadores incluidos en los grupos 1 y 2 de cotización del Régimen General de la Seguridad Social. El contrato deberá incluir la mención de haber sido financiado tanto por la AVI como por la Unión Europea, lo cual podrá indicarse en una adenda al contrato tras la concesión de la ayuda.

  • En la sublínea 4.2 deberá existir continuidad en la entidad de la persona apoyada en el ejercicio anterior entre el final del proyecto anterior y el inicio del actual una vez concedida la ayuda, con las salvedades descritas en este apartado. Cualquier modificación en el contrato de la persona contratada deberá ser autorizada por la AVI salvo que se trate de una mejora de las condiciones económicas o laborales.

  • Los proyectos, de acuerdo con el artículo 42 de las bases reguladoras, habrán de incluir entre sus objetivos la transferencia de los resultados de investigación al ámbito industrial y empresarial o el trasvase de factores de innovación.

  • Los proyectos deberán necesariamente enmarcarse en las prioridades de especialización identificadas en la Estrategia de especialización inteligente de la Comunitat Valenciana, que se puede consultar en https://cindi.gva.es/es/web/s3cv/que-es-la-s3cv

Otros requisitos a cumplir, por favor, revise la Convocatoria de subvenciones publicada en el DOGV.

Gastos subvencionables

Línea 1. Agentes de innovación
  • Gastos de personal: coste salarial de la persona contratada, incluyendo el salario, las cargas sociales y la cuota empresarial a la Seguridad Social, empleada en centros de la Comunitat Valenciana. El coste salarial subvencionable máximo mensual no podrá superar los 4.500 euros (incluyendo la parte proporcional de las pagas extraordinarias y otras retribuciones).
  • Gastos de servicios externos de consultoría y asistencia técnica destinados de manera exclusiva al desarrollo de las acciones presentadas en el proyecto, con un coste total máximo subvencionable de 14.000 euros. No se consideran gastos subvencionables aquellos consistentes en soporte de gestión para la presentación de la solicitud de ayuda o para la justificación de la ejecución del proyecto.
  • Gastos ocasionados por la participación del/la agente en acciones formativas directamente relacionadas con el proyecto, en concreto, matrículas e inscripciones en cursos, congresos y jornadas. El coste subvencionable máximo por hora de formación es de 90 euros y el coste total subvencionable máximo anual por ayuda en este concepto es de 10.000 euros. 
  • Desplazamientos interurbanos en transporte público y alojamiento de la persona contratada, cumpliendo con las condiciones establecidas en la Convocatoria. 
  • Coste del informe de auditoría sobre las cuentas justificativas del gasto del proyecto, siempre que se haya incluido en el presupuesto presentado con la solicitud de subvención. Coste total subvencionable: 1.400 euros.
  • En su caso, los tributos abonados efectivamente por la entidad beneficiaria. En ningún caso se consideran gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos personales sobre la renta. 

Línea 2. Incorporación de investigadores y tecnólogos para proyectos de innovación en empresas (INCORPORACIÓ)
  • Gastos de personal: coste salarial de la persona contratada, incluyendo el salario, las cargas sociales y la cuota empresarial a la Seguridad Social, empleada en centros de la Comunitat Valenciana, con las limitaciones establecidas en el resuelvo séptimo, apartado 5.
  • El coste salarial subvencionable máximo mensual no podrá superar los 4.500 euros (titulado universitario) o 3.500 euros (titulado FP) (incluyendo la parte proporcional de las pagas extraordinarias y otras retribuciones).
  • Gastos de servicios externos de consultoría y asistencia técnica destinados de manera exclusiva al desarrollo de las acciones presentadas en el proyecto, con un coste total máximo anual subvencionable de 14.000 euros. No se consideran gastos subvencionables aquellos consistentes en soporte de gestión para la presentación de la solicitud de ayuda o para la justificación de la ejecución del proyecto.
  • Gastos ocasionados por la participación del personal investigador o técnico contratado en acciones formativas directamente relacionadas con su actividad de I+D o de gestión de la innovación en la empresa, en concreto, matrículas e inscripciones en cursos, congresos y jornadas. El coste subvencionable máximo por hora de formación es de 90 euros y el coste total subvencionable máximo anual por ayuda en este concepto es de 10.000 euros.
  • Coste del informe de auditoría sobre las cuentas justificativas del gasto del proyecto. Coste máximo subvencionable: 1.400 euros por anualidad, siempre que dicho coste se haya incluido en el presupuesto presentado con la solicitud de ayuda.

Línea 3. Doctorandos empresariales (Innodocto)

  • Gastos de personal: coste salarial de la persona contratada, incluyendo el salario, las cargas sociales y la cuota empresarial a la Seguridad Social, empleada en centros de la Comunitat Valenciana, con las limitaciones establecidas en el resuelvo séptimo, apartado 5.
  • El coste salarial subvencionable máximo mensual no podrá superar los 4.500 euros (incluyendo la parte proporcional
  • de las pagas extraordinarias y otras retribuciones).
  • Gastos de servicios externos de consultoría y asistencia técnica destinados de manera exclusiva al desarrollo de las acciones presentadas en el proyecto, con un coste total máximo anual subvencionable de 14.000 euros. No se consideran gastos subvencionables aquellos consistentes en soporte de gestión para la presentación de la solicitud de ayuda o para la justificación de la ejecución del proyecto.
  • Gastos de matrícula de las enseñanzas de doctorado, con un tope de 1.000 euros anuales, así como los gastos ocasionados por la participación del doctorando o doctoranda en acciones formativas directamente relacionadas con el proyecto de I+D+i, en concreto, matrículas e inscripciones en cursos, congresos y jornadas. El coste subvencionable máximo por hora de formación es de 90 euros y el coste total subvencionable máximo anual por ayuda en este concepto es de 10.000 euros.
  • El gasto de matrícula no podrá exceder de las cuantías máximas de los precios públicos por la prestación de servicios académicos universitarios establecidas por el correspondiente decreto del Consell en que se establecen las tasas por la prestación de servicios académicos universitarios del curso de que se trate.
  • Coste del informe de auditoría sobre las cuentas justificativas del gasto del proyecto. Coste total subvencionable: 1.400 euros por anualidad, siempre que dicho coste se haya incluido en el presupuesto presentado con la solicitud de ayuda.

Línea 4. Agentes de innovación de proximidad

  • Gastos de personal: coste salarial de la persona contratada, incluyendo el salario, las cargas sociales y la cuota empresarial a la Seguridad Social, empleada en centros de la Comunitat Valenciana, con las limitaciones establecidas en el resuelvo séptimo, apartado 5.
  • El coste salarial subvencionable máximo mensual no podrá superar los 4.500 euros (incluyendo la parte proporcional de las pagas extraordinarias y otras retribuciones).
  • Gastos de servicios externos de consultoría y asistencia técnica destinados de manera exclusiva al desarrollo de las acciones presentadas en el proyecto, con un coste total máximo anual subvencionable de 14.000 euros. No se consideran gastos subvencionables aquellos consistentes en soporte de gestión para la presentación de la solicitud de ayuda o para la justificación de la ejecución del proyecto.
  • Gastos ocasionados por la participación del/la agente en acciones formativas directamente relacionadas con el proyecto, en concreto, matrículas e inscripciones en cursos, congresos y jornadas. El coste subvencionable máximo por hora de formación es de 90 euros y el coste total subvencionable máximo anual por ayuda en este concepto es de 10.000 euros.
  • Desplazamientos interurbanos en transporte público y alojamiento de la persona contratada, cumpliendo con las condiciones establecidas en la Convocatoria.
  • Coste del informe de auditoría sobre las cuentas justificativas del gasto del proyecto. Coste total subvencionable: 1.400 euros por anualidad, siempre que dicho coste se haya incluido en el presupuesto presentado con la solicitud de ayuda.
  • En su caso, los tributos abonados efectivamente por la entidad beneficiaria. En ningún caso se consideran gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos personales sobre la renta

Intensidad de la subvención

Línea 1. Agentes de innovación
La subvención consistirá en una subvención de hasta el 100 % de los costes considerados como subvencionables. Para los proyectos de la línea 1.2, mantenimiento, la intensidad máxima será del 90%


Línea 2. Incorporación de investigadores y tecnólogos para proyectos de innovación en empresas (INCORPORACIÓ)
La subvención consistirá en una subvención de hasta el 50 % de los costes considerados como subvencionables para pymes y de hasta el 30 % para grandes empresas. Sin superar estos límites podrá incrementarse la intensidad de subvención hasta en un 5 %, cuando la persona contratada sea mujer al objeto de paliar la brecha de género existente en la investigación científico-técnica.


Línea 3. Doctorandos empresariales (Innodocto)
La subvención consistirá en una subvención de hasta el 50 % de los costes considerados como subvencionables para pymes y de hasta el 30 % para grandes empresas. Sin superar estos límites podrá incrementarse la intensidad de subvención hasta en un 5 %, cuando la persona contratada sea mujer, al objeto de paliar la brecha de género existente en la investigación científico-técnica.


Línea 4. Agentes de innovación de proximidad
La ayuda consistirá en una subvención de hasta el 100% de los costes considerados como subvencionables.

Criterios de evaluación de solicitudes

Línea 1. Agentes de innovación

Un proyecto solo podrá ser apoyado cuando la puntuación obtenida en la evaluación sea como mínimo de 50 puntos.


Sublínea 1.1 Contratación por las entidades beneficiarias de agentes de la innovación

  • a) Innovación y calidad de la propuesta. Se valorará la claridad, coherencia de la propuesta al objeto de la convocatoria, su calidad científico-técnica e innovadora, su concreción de objetivos, la metodología, los recursos asignados y el plan de trabajo. Puntuación máxima: 35 puntos.
  • b) Capacidad técnica de la propuesta. Se valora, la experiencia de la entidad solicitante. Puntuación máxima: 30 puntos.
  • c) Impacto del proyecto. Se valora el impacto de los resultados del proyecto en diferentes escenarios: en el grado de transferencia y la promoción de la I+D+i.. Puntuación máxima: 30 puntos.
  • d) Alineación con políticas de igualdad de género y de accesibilidad de las personas con diversidad funcional. Se valorará la presencia equilibrada de mujeres en los órganos de gobierno de la entidad solicitante, así como que en la misma se supere la cuota de reserva de puestos de trabajo para personas con diversidad funcional establecida en la normativa. Puntuación máxima: 5 puntos.

Sublínea 1.2 Mantenimiento del agente de innovación apoyado en la línea de Agentes de Innovación de convocatorias anteriores de esta Agencia.

  • a) Innovación y calidad de la propuesta. Se valora la claridad, coherencia de la propuesta al objeto de la convocatoria, su calidad científico-técnica e innovadora, su concreción de objetivos, la metodología, los recursos asignados y el plan de trabajo. Puntuación máxima: 35 puntos.
  • b) Capacidad técnica de la propuesta. Se valora la experiencia de la entidad solicitante. Puntuación máxima: 30 puntos.
  • c) Impacto del proyecto. Se valora el impacto de los resultados del proyecto en diferentes escenarios: en el grado de transferencia y la promoción de la I+D+i.. Puntuación máxima: 30 puntos.
  • d) Alineación con políticas de igualdad de género y de accesibilidad de las personas con diversidad funcional. Se valorará la presencia equilibrada de mujeres en los órganos de gobierno de la entidad solicitante, así como que en la misma se supere la cuota de reserva de puestos de trabajo para personas con diversidad funcional establecida en la normativa. Puntuación máxima: 5 puntos.

Línea 2. Incorporación de investigadores y tecnólogos para proyectos de innovación en empresas (INCORPORACIÓ)

Un proyecto solo podrá ser apoyado cuando la puntuación obtenida en la evaluación sea como mínimo de 50 puntos.


Sublínea 2.1. Contratación por empresas de personal investigador o técnico para desarrollar actividades de I+D+i, de implantación de tecnologías relacionadas con la nueva economía o para el desarrollo de proyectos que faciliten la consolidación de nuevas empresas innovadoras:

  • a) Innovación y calidad de la propuesta. Se valorará la claridad, coherencia de la propuesta al objeto de la convocatoria, su calidad científico-técnica e innovadora, su concreción de objetivos, la metodología, los recursos asignados y el plan de trabajo. Puntuación máxima: 35 puntos.
  • b) Capacidad técnica de la propuesta. Se valorará la experiencia de la entidad solicitante. Puntuación máxima: 30 puntos.
  • c) Impacto del proyecto. Se valora el impacto de los resultados del proyecto en diferentes escenarios: en el grado de transferencia y la promoción de la I+D+i.. Puntuación máxima: 30 puntos.
  • d) Alineación con políticas de igualdad de género y de accesibilidad de las personas con diversidad funcional. Se valorará la presencia equilibrada de mujeres en los órganos de gobierno de la entidad solicitante, así como que en la misma se supere la cuota de reserva de puestos de trabajo para personas con diversidad funcional establecida en la normativa. Puntuación máxima: 5 puntos.

Sublínea 2.2. Mantenimiento del personal investigador o técnico

  • a) Innovación y calidad de la propuesta. Se valorará la claridad, coherencia de la propuesta al objeto de la convocatoria, su calidad científico-técnica e innovadora, su concreción de objetivos, la metodología, los recursos asignados y el plan de trabajo. Puntuación máxima: 35 puntos.
  • b) Capacidad técnica de la propuesta. Se valorará la experiencia de la entidad solicitante Puntuación máxima: 30 puntos.
  • c) Impacto del proyecto. Se valora el impacto de los resultados del proyecto en diferentes escenarios: en el grado de transferencia y la promoción de la I+D+i.. Puntuación máxima: 30 puntos.
  • d) Alineación con políticas de igualdad de género y de accesibilidad de las personas con diversidad funcional. Se valorará la presencia equilibrada de mujeres en los órganos de gobierno de la entidad solicitante, así como que en la misma se supere la cuota de reserva de puestos de trabajo para personas con diversidad funcional establecida en la normativa. Puntuación máxima: 5 puntos.

Línea 3. Doctorandos y doctorandas empresariales (Innodocto)

Un proyecto solo podrá ser apoyado cuando la puntuación obtenida en la evaluación sea como mínimo de 50 puntos.


Sublínea 3.1 Apoyo a personal de investigación de las empresas (ya en plantilla o bien de nueva contratación) que va a llevar a cabo una tesis doctoral vinculada a un proyecto de I+D+i desarrollado por la empresa.

  • a) Innovación y calidad de la propuesta. Se valorará la claridad, coherencia de la propuesta al objeto de la convocatoria, su calidad científico-técnica e innovadora, su concreción de objetivos, la metodología, los recursos asignados y el plan de trabajo. Puntuación máxima: 35 puntos.
  • b) Capacidad técnica de la propuesta. Se valorará, la experiencia de la entidad solicitante Puntuación máxima: 30 puntos.
  • c) Impacto del proyecto. Se valora el impacto de los resultados del proyecto en diferentes escenarios: en el grado de transferencia y la promoción de la I+D+i.. Puntuación máxima: 30 puntos.
  • d) Alineación con políticas de igualdad de género y de accesibilidad de las personas con diversidad funcional. Se valorará la presencia equilibrada de mujeres en los órganos de gobierno de la entidad solicitante, así como que en la misma se supere la cuota de reserva de puestos de trabajo para personas con diversidad funcional establecida en la normativa. Puntuación máxima: 5 puntos.

Sublínea 3.2 Mantenimiento del doctorando o doctoranda.

  • a) Innovación y calidad de la propuesta. Se valorará la claridad, coherencia de la propuesta al objeto de la convocatoria, su calidad científico-técnica e innovadora, su concreción de objetivos, la metodología, los recursos asignados y el plan de trabajo. Puntuación máxima: 35 puntos.
  •  b) Capacidad técnica de la propuesta. Se valorará, la experiencia de la entidad solicitante Puntuación máxima: 30 puntos.
  • c) Impacto del proyecto. Se valora el impacto de los resultados del proyecto en diferentes escenarios: en el grado de transferencia y la promoción de la I+D+i.. Puntuación máxima: 30 puntos.
  • d) Alineación con políticas de igualdad de género y de accesibilidad de las personas con diversidad funcional. Se valorará la presencia equilibrada de mujeres en los órganos de gobierno de la entidad solicitante, así como que en la misma se supere la cuota de reserva de puestos de trabajo para personas con diversidad funcional establecida en la normativa. Puntuación máxima: 5 puntos.

Línea 4. Agentes de innovación de proximidad

Un proyecto solo podrá ser apoyado cuando la puntuación obtenida en la evaluación sea como mínimo de 50 puntos.


Sublínea 4.1. Contratación por las entidades beneficiarias de personas cuya función será incorporar factores de innovación en su entorno empresarial de proximidad.

  • a) Innovación y calidad de la propuesta. Se valorará la claridad, coherencia de la propuesta al objeto de la convocatoria, su calidad científico-técnica e innovadora, su concreción de objetivos, la metodología, los recursos asignados y el plan de trabajo. Puntuación máxima: 35 puntos.
  • b) Capacidad técnica de la propuesta. Se valora la experiencia de la entidad solicitante. Puntuación máxima: 30 puntos.
  • c) Impacto del proyecto. Se valora el impacto de los resultados del proyecto en diferentes escenarios: en el grado de transferencia y la promoción de la I+D+i.. Puntuación máxima: 30 puntos.
  • d) Alineación con políticas de igualdad de género y de accesibilidad de las personas con diversidad funcional. Se valorará la presencia equilibrada de mujeres en los órganos de gobierno de la entidad solicitante, así como que en la misma se supere la cuota de reserva de puestos de trabajo para personas con diversidad funcional establecida en la normativa. Puntuación máxima: 5 puntos.

Sublínea 4.2. Mantenimiento del agente de innovación de proximidad de la sublínea 4.1.

  • a) Innovación y calidad de la propuesta. Se valorará la claridad, coherencia de la propuesta al objeto de la convocatoria, su calidad científico-técnica e innovadora, su concreción de objetivos, la metodología, los recursos asignados y el plan de trabajo.
  • b) Capacidad técnica de la propuesta. Se valorará la experiencia de la entidad solicitante. Puntuación máxima: 30 puntos.
  • c) Impacto del proyecto. Se valora el impacto de los resultados del proyecto en diferentes escenarios: en el grado de transferencia y la promoción de la I+D+i.. Puntuación máxima: 30 puntos.
  • d) Alineación con políticas de igualdad de género y de accesibilidad de las personas con diversidad funcional. Se valorará la presencia equilibrada de mujeres en los órganos de gobierno de la entidad solicitante, así como que en la misma se supere la cuota de reserva de puestos de trabajo para personas con diversidad funcional establecida en la normativa. Puntuación máxima: 5 puntos.
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