Impulso a la compra pública innovadora
Convocatoria 2021
Descripción
Entidades beneficiarias
Tipología de proyectos
Línea 1. Fomento de los proyectos de I+D+i destinados a la Compra Pública de Innovación
Se apoya el coste de I+D+i requerida en una licitación pública de innovación, de manera que se facilite la presencia de empresas valencianas en licitaciones públicas de productos y servicios innovadores.
La intensidad de la ayuda será establecida como porcentaje sobre los costes subvencionables, según lo que establecen las bases reguladoras en función del tamaño de la entidad solicitante y la tipología de proyecto,
Línea 2 Impulso de la demanda de licitaciones de productos y servicios innovadores
Dinamización de la Compra Pública Innovadora en la Comunitat, a través de iniciativas de apoyo a la compra pública de innovación, financiando actividades dirigidas a la puesta en marcha de compra públicas innovadoras y sus procedimientos, también serán apoyadas las acciones de promoción de la CPI que incluyan la difusión de la metodología con objeto de facilitar la participación de las empresas.
Solicitud
- Memoria descriptiva del proyecto.
- Presupuesto. El presupuesto subvencionable correspondiente a las actuaciones ejecutables durante 2021 será, como mínimo, el 10% del coste subvencionable total del proyecto en todas sus anualidades; así mismo, el presupuesto subvencionable correspondiente a las actuaciones ejecutables durante los ejercicios 2021 y 2022 será, como mínimo, el 50% del coste subvencionable total del proyecto en todas sus anualidades.
- En el caso de entidades solicitante no inscritas en el Registro Mercantil:
- Estatutos o documentación acreditativa de la constitución de la entidad solicitante.
- Documento acreditativo de poderes para actuar como representante legal de la entidad que solicita la ayuda.
Si la citada documentación ya obra en poder de la AVI, y se mantiene vigente desde su última presentación:
- Declaración expresa de vigencia.
- En el caso de los proyectos de la Línea 1 de innovación de producto o de la Línea 2, declaración expresa de las ayudas de minimis solicitadas y recibidas en el ejercicio fiscal en curso, así como de las recibidas durante los dos ejercicios fiscales anteriores.
- En caso de presentación de la solicitud sea efectuada por persona física distinta al representante legal de la entidad solicitante:
- Autorización de representación a terceros.
Documentación adicional
Línea 1. Fomento de los proyectos de I+D+i destinados a la Compra Pública de Innovación
- Información referente a la licitación que da lugar al proyecto.
Línea 2. Impulso de la demanda de licitaciones de productos y servicios innovadores
- Entidades locales:
- Certificado de acuerdo del pleno del ayuntamiento o, en su defecto, acuerdo de la junta de gobierno en relación con la participación en la presente convocatoria.
- Certificado expedido por el Secretario/a o Interventor/a de dicha corporación del cumplimiento de rendición de cuentas del Ayuntamiento respectivo ante Sindicatura de Comptes.
- En el caso de que la entidad solicitante sea un organismo de investigación y las actividades desarrolladas en el ámbito del proyecto tengan carácter no económico, deberá adjuntarse junto a la solicitud declaración expresa del representante legal de la entidad solicitante de que el proyecto no tiene carácter económico.
Plazos
- Plazo de solicitud
El plazo de presentación de solicitudes de este procedimiento en el que la concesión es en régimen de concurrencia competitiva será desde el 22 de enero al 18 de febrero de 2021. Sólo serán admitidas las solicitudes que hayan sido grabadas en la sede electrónica de la Generalitat antes de las 24:00 horas del último día de plazo de presentación. En el caso de que una misma entidad solicitante presente varias solicitudes para un mismo proyecto, únicamente se considerará válida la última presentada.
- Plazo de ejecución
Los proyectos, podrán tener alcance plurianual, con una duración máxima de tres ejercicios presupuestarios.
- Línea 1: Deberán realizarse entre la fecha de presentación de la solicitud y el 30 de septiembre de 2023.
- Línea 2: Deberán realizarse entre el 1 de enero de 2021 y el 30 de septiembre de 2023.
- Plazo de justificación
Las entidades beneficiarias de ayudas deberán presentar la documentación justificativa de ejecución del proyecto en, como máximo, tres fases en las fechas indicadas a continuación:
- En la primera fase de justificación, la documentación justificativa se presentará, como máximo, el 1 de octubre de 2021, salvo los justificantes de los pagos de las cuotas a la Seguridad Social correspondientes a 2021, que se presentarán en la segunda fase de justificación.
- En la segunda fase de justificación, la documentación justificativa se presentará, como máximo, el 1 de julio de 2022, salvo los justificantes de los pagos de las cuotas a la Seguridad Social correspondientes a 2022, que se presentarán en la tercera fase de justificación.
- En la tercera fase de justificación, la documentación justificativa se presentará, como máximo, el 2 de octubre de 2023, salvo los justificantes de los pagos de las cuotas a la Seguridad Social correspondientes a 2023 pero que deben ser ingresados por la entidad beneficiaria con posteridad a la citada fecha límite anterior, que se presentarán, como máximo, el día 9 de enero de 2024.
Requisitos de los proyectos
Con carácter general para ambas líneas:
- La entidad solicitante del proyecto deberá desarrollar la actividad aprobada conforme a lo previsto en la memoria presentada y en la resolución de concesión.
- Los resultados de los proyectos deberán tener impacto tangible en la Comunitat Valenciana,
- El contenido de los proyectos presentados deberá ser coherente con la actividad, fines y estrategia de la entidad solicitante.
Línea 1. Fomento de los proyectos de I+D+i destinados a la Compra Pública de Innovación.
- Los proyectos consistirán en la I+D+i requerida en una licitación pública y los costes necesarios para participar. Las entidades solicitantes deberán especificar el tipo y/o fases al que se presentan: diálogo competitivo, compra pública precomercial, compra pública de tecnología innovadora y/o asociación para la innovación.
- El proyecto significará un nuevo desarrollo para la entidad solicitante y, por tanto, no realizado con anterioridad.
Línea 2. Impulso de la demanda de licitaciones de productos y servicios innovadores.
- Los proyectos deben consistir en acciones encaminadas a promover y facilitar el desarrollo de la compra pública de innovación, tanto desde el lado de la oferta, animando a las empresas a participar, como de la demanda, facilitando la incorporación de este tipo de compras en las licitaciones públicas de las entidades solicitantes.
- En el caso de las entidades locales, el resultado del proyecto deberá concretarse en la puesta en marcha de un procedimiento de Compra Pública innovadora o Compra Pública Precomercial o, en su caso, la creación y puesta en marcha de un equipo de CPI.
Gastos subvencionables
Línea 1. Fomento de los proyectos de I+D+i destinados a la Compra Pública de Innovación.
- Gastos de personal, incluyendo salarios y cuotas de la Seguridad Social, empleado en centros de la Comunitat Valenciana, en la medida en que estén dedicados al desarrollo del proyecto. En caso de proyectos de I+D los gastos de personal podrán referirse a personal investigador, personal técnico y demás personal auxiliar.
- Gastos de contratos de investigación y desarrollo o innovación con centros tecnológicos o de investigación.
- Gastos de servicios externos de consultoría y asistencia técnica destinados de manera exclusiva al proyecto.
- Gastos de adquisición de conocimientos técnicos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia.
- En caso de PYME, gastos de registro de derechos de propiedad industrial o intelectual derivados de la ejecución del proyecto.
- Gastos de material fungible y suministros similares que se deriven directamente del proyecto. Se excluye material de oficina y consumibles informáticos.
- Gastos de material inventariable en la medida y durante el período en que se utilicen para el proyecto; en caso de que el instrumental y el material no se utilicen en toda su vida útil para el proyecto, únicamente se considerarán subvencionables los costes de amortización correspondientes a la duración del proyecto. Se excluyen los dispositivos informáticos de uso genérico.
- En caso de proyectos de innovación en materia de producto, gastos de inversión en equipamiento y demás material inventariable, necesario para el desarrollo de las actividades. Se excluyen los dispositivos informáticos de uso genérico.
- Coste del informe de auditoría sobre las cuentas justificativas del gasto del proyecto.
Línea 2. Impulso de la demanda de licitaciones de productos y servicios innovadores.
- Gastos de personal, incluyendo salarios y cuotas de la Seguridad Social, empleado en centros de la Comunitat Valenciana, en la medida en que estén dedicados al desarrollo del proyecto.
- Gastos de servicios externos de consultoría y asistencia técnica destinados de manera exclusiva al proyecto.
- Gastos de material fungible y suministros similares que se deriven directamente del proyecto. Se excluye material de oficina y consumibles informáticos.
- Gastos de desplazamiento y alojamiento de personal con motivo de las actividades del proyecto. Los gastos que se imputen estarán limitados por los importes establecidos en el Decreto 24/1997, de 11 de febrero, del Gobierno Valenciano, sobre indemnizaciones por razón del servicio y gratificaciones por servicios extraordinarios y sus respectivas modificaciones. No se consideran elegibles los gastos de restauración; respecto a los gastos de transporte, únicamente serán elegibles los gastos de desplazamiento en medios públicos de transporte interurbano y, todos ellos del personal propio de la entidad solicitante con motivos de las actividades del proyecto.
- Coste del informe de auditoría sobre las cuentas justificativas del gasto del proyecto.
El coste máximo subvencionable del informe de auditoría sobre las cuentas justificativas del gasto del proyecto será de 1.400 euros por anualidad, siempre que dicho coste se haya incluido en el presupuesto presentado con la solicitud de ayuda.
Respecto a los gastos de transporte, únicamente serán elegibles los gastos de desplazamiento en medios públicos de transporte interurbano del personal propio de la entidad solicitante vinculado con las actividades del proyecto. Los gastos que se imputen estarán limitados por los importes establecidos en el Decreto 24/1997, de 11 de febrero, del Gobierno Valenciano, sobre indemnizaciones por razón del servicio y gratificaciones por servicios extraordinarios y sus respectivas modificaciones.
Intensidad de la ayuda
Línea 1. Fomento de los proyectos de I+D+i destinados a la Compra Pública de Innovación.
Las intensidades máximas de ayuda, establecidas como porcentaje sobre los costes subvencionables, son las que se establecen en las bases reguladoras
Línea 2. Impulso de la demanda de licitaciones de productos y servicios innovadores.
La ayuda consistirá en una subvención de hasta el 100% de los costes considerados como subvencionables.
En ambas líneas de actuación el importe máximo de ayuda será 150.000 euros por anualidad.
Criterios de evaluación de solicitudes
- Calidad y alcance de la actuación. Puntuación máxima: 30 puntos.
- Claridad y coherencia de la propuesta, valorándose la concreción de los objetivos, la metodología, los recursos y plan de trabajo. Hasta 10 puntos.
- Alineación con los retos y soluciones identificados por el Comité Estratégico de Innovación (CEI) de la AVI. Hasta 15 puntos.
- Carácter innovador de la propuesta, valorando la novedad y originalidad del proyecto respecto al estado de la técnica actual y la aportación al progreso tecnológico. Hasta 5 puntos.
- Adecuación de los recursos planificación y gestión del proyecto. Puntuación máxima: 30 puntos.
- Capacidad técnica y dedicación del personal de la entidad solicitante a la gestión y ejecución de la propuesta. Hasta 10 puntos.
- Capacidad financiera y adecuación del presupuesto a las características de la entidad y de las actividades propuestas. Hasta 10 puntos.
- Viabilidad de la ejecución económica de las actividades previstas en el periodo indicado. Hasta 10 puntos.
- Impacto del proyecto. Puntuación máxima: 30 puntos.
- Impacto directo sobre la empresa solicitante en términos de incremento de la actividad, aumento de las exportaciones o crecimiento en general. Hasta 15 puntos.
- Efecto arrastre del solicitante. Hasta 15 puntos.
- Alineación con la estrategia de innovación de la Comunitat Valenciana RIS3CV o con criterios medioambientales o sociales. Puntuación máxima: 10 puntos.
- Alineación con la Estrategia de Especialización Inteligente de la Comunitat Valenciana (RIS3CV), valorando los proyectos que se encuentren enmarcados en alguno de los ámbitos de prioridades de la estrategia RIS3CV que se puede consultar en http://www.ris3cv.gva.es/. Hasta 3 puntos.
- Alineación con políticas medioambientales, valorando los proyectos con impacto favorable para la economía circular, simbiosis industrial, reducción de residuos, eficiencia energética o minimización del consumo de recursos. Hasta 3 puntos.
- Alineación con aspectos sociales, valorando los proyectos cuyos resultados contribuyan a mejorar la calidad de vida o la salud de las personas. Hasta 4 puntos.
- Calidad y alcance de la actuación. Puntuación máxima: 30 puntos.
- Estructura y organización de la propuesta y grado de descripción de las acciones del proyecto. Hasta 7 puntos.
- Alineación con los retos y soluciones identificados por el Comité Estratégico de Innovación (CEI) de la AVI. Hasta 15 puntos.
- Grado de participación directa o integración de agentes del SVI en la propuesta. Hasta 5 puntos.
- Coherencia de las finalidades perseguidas mediante las actividades a realizar con las prioridades definidas en el Plan Estratégico/objetivos de la entidad solicitante. Hasta 3 puntos.
- Adecuación de los recursos, planificación y gestión del proyecto. Puntuación máxima: 30 puntos.
- Capacidad y dedicación del personal de entidad solicitante a la gestión y ejecución de la propuesta. Hasta 10 puntos.
- Planificación y desarrollo de las actividades propuestas. Hasta 10 puntos.
- Adecuación del presupuesto a las características de la entidad y de las actividades propuestas. Hasta 10 puntos.
- Impacto del proyecto. Puntuación máxima: 30 puntos.
- Potencialidad de las actividades en términos de dinamización de la Compra Pública Innovadora. Hasta 10 puntos.
- Previsión de creación de un equipo especializado en CPI. Hasta 10 puntos.
- Interés de los resultados del proyecto desde el punto de vista de fomento de la participación de empresas valencianas en procedimientos de CPI. Hasta 10 puntos.
- Alineación con la estrategia de innovación de la Comunitat Valenciana RIS3CV o con criterios medioambientales o sociales. Puntuación máxima: 10 puntos.
- Alineación con la Estrategia de Especialización Inteligente de la Comunitat Valenciana (RIS3CV), valorando los proyectos que se encuentren enmarcados en alguno de los ámbitos de prioridades de la estrategia RIS3CV que se puede consultar en http://www.ris3cv.gva.es/. Hasta 3 puntos.
- Alineación con políticas medioambientales, valorando los proyectos con impacto favorable para la economía circular, simbiosis industrial, reducción de residuos, eficiencia energética o minimización del consumo de recursos. Hasta 3 puntos.
- Alineación con aspectos sociales, valorando los proyectos cuyos resultados contribuyan a mejorar la calidad de vida o la salud de las personas. Hasta 4 puntos.
Normativa
Resolución de la concesión de ayudas
Tramitación de solicitud
Aportación de documentación
Atención personal
info.avi@gva.es
Alicante (+34) 96 647 83 60
València (+34) 96 386 92 00
Horario de atención: de 9 a 14.00 horas
Agència Valenciana de la Innovació
- Rambla Méndez Núñez, 41 piso 13 · 03002 Alicante
- Plaza del Ayuntamiento, 6 piso 2 y 3 · 46002 València