Acciones complementarias de impulso y fortalecimiento de la innovación
Convocatoria 2024
Descripción
El objetivo de este programa es reforzar las estructuras de apoyo a la innovación existentes en la Comunidad Valenciana y facilitar la difusión de la I+D+i entre las empresas. De manera específica se pretende:
- Incrementar la participación de los agentes del Sistema Valenciano de Innovación en proyectos y programas de I+D+i.
- Posibilitar la coordinación y cooperación entre agentes del Sistema Valenciano de Innovación.
- Fomentar la internacionalización en materia de I+D+i de los agentes del Sistema Valenciano de Innovación.
- Facilitar la promoción y difusión de la I+D+i entre las empresas de la Comunitat Valenciana.
Entidades beneficiarias
- Tendrá la condición de entidad beneficiaria cualquier agente del Sistema Valenciano de Innovación con personalidad jurídica, de naturaleza pública o privada sin ánimo de lucro, cuya sede social o actividad se desarrolle, en su totalidad o en una parte significativa, en la Comunitat Valenciana, que facilite la creación, difusión, aplicación o transferencia del conocimiento científico o tecnológico a las empresas o preste servicios a las mismas en materia de apoyo a la innovación.
- Sin carácter exhaustivo, y siempre que se cumplan las condiciones del párrafo anterior, tendrán la condición de entidades beneficiarias las universidades públicas y privadas, organismos de investigación, centros tecnológicos, plataformas tecnológicas, clústeres, entidades locales, agrupaciones y asociaciones empresariales sectoriales, cámaras de industria y comercio, colegios profesionales, parques científicos y entidades de gestión y conservación de áreas industriales.
Tipología de proyectos
Los proyectos susceptibles de ser objeto de las ayudas serán los siguientes:
- Realización de actividades de promoción y difusión del conocimiento científico-tecnológico con amplia repercusión.
- Acciones de dinamización de la cooperación entre empresas y/o agentes del Sistema Valenciano de Innovación.
- Elaboración de estudios de prospectiva y demanda temprana, así como de vigilancia tecnológica relacionados con áreas prioritarias de la S3CV 2021-2027 o retos y soluciones identificados por el Comité Estratégico de Innovación (CEI) de la AVI y vinculados a la I+D+i.
- Fomento de la participación en actividades de internacionalización de la I+D+i con repercusión en el tejido empresarial de la Comunidad Valenciana.
- Puesta en marcha y desarrollo de nuevos servicios de I+D+i facilitados por los agentes del Sistema Valenciano de Innovación.
- Cualquier otra actividad que facilite la creación, difusión, aplicación o transferencia del conocimiento científico o tecnológico a las empresas.
Solicitud
- Memoria descriptiva del proyecto.
- Presupuesto. La ejecución de los proyectos deberá necesariamente plantearse con duración de tres anualidades hasta el ejercicio 2026 y el presupuesto del proyecto deberá tener una distribución por ejercicios que cumpla con la siguiente estructura de gasto:
- el gasto previsto para 2024 no deberá ser superior al 15% del total del presupuesto
- el gasto previsto para 2025 no deberá ser superior al 40% del total del presupuesto
- El coste elegible del proyecto será igual o superior a 50.000 euros, con un máximo de 150.000 euros.
- Declaración responsable relativa al cumplimiento por parte de la entidad solicitante de los requisitos a que hace referencia el artículo 5 de las bases reguladoras. La presentación de la declaración responsable faculta a la Administración para verificar en cualquier momento la veracidad de los datos declarados.
- En el caso de entidades solicitante no inscritas en el Registro Mercantil:
- Estatutos o documentación acreditativa de la constitución de la entidad solicitante.
- Documento acreditativo de poderes para actuar como representante legal de la entidad que solicita la ayuda.
Si la citada documentación ya obra en poder de la AVI, y se mantiene vigente desde su última presentación:
- Declaración expresa de vigencia.
- Declaración expresa de las ayudas de minimis solicitadas y recibidas en el ejercicio fiscal en curso, así como la recibidas en los dos ejercicios anteriores.
- En caso de presentación de la solicitud sea efectuada por persona física distinta al representante legal de la entidad solicitante:
- Autorización de representación a terceros.
- En caso que la entidad solicitante sea un organismo de investigación y las actividades desarrolladas en el ámbito del proyecto tengan carácter no económico, deberá adjuntarse junto a la solicitud declaración expresa del representante legal de la entidad solicitante de que el proyecto no tiene carácter económico.
- En el caso de que la entidad solicitante sea una entidad de la administración local deberá aportar, además:
- Certificado del acuerdo del pleno del ayuntamiento o, en su defecto, del acuerdo de la junta de gobierno en relación con la participación en la presente convocatoria.
- Certificado del Secretario/a o Interventor/a de dicha corporación del cumplimiento de rendición de cuentas del ayuntamiento ante la Sindicatura de Comptes.
Plazos
- Plazo de solicitud.
El plazo de presentación de solicitudes de este procedimiento en el que la concesión es en régimen de concurrencia competitiva será del 16 de mayo al 5 de junio de 2024. Sólo serán admitidas las solicitudes que hayan sido grabadas en la sede electrónica de la Generalitat antes de las 14.00 horas del último día de plazo de presentación. En el caso de que una misma entidad solicitante presente varias solicitudes para un mismo proyecto, únicamente se considerará válida la última presentada en plazo.
- Período de ejecución.
Los proyectos deberán tener necesariamente alcance plurianual con una duración de tres ejercicios presupuestarios. Deberán realizarse entre 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2026.
- Plazo de justificación
Las entidades beneficiarias de ayudas deberán presentar la documentación justificativa de ejecución del proyecto, como máximo, en las fechas indicadas a continuación:
- En la primera fase de justificación que corresponde al periodo de ejecución comprendido entre la fecha de inicio del proyecto y el 31 de diciembre de 2024, la documentación justificativa se presentará entre las 9:00 horas del 2 de enero y las 14:00 horas del 5 de febrero de 2024, salvo los justificantes de los pagos de las cuotas a la Seguridad Social correspondientes a 2024, pero que deben ser ingresados por la entidad beneficiaria con posteridad a la citada fecha límite anterior, que se presentarán como máximo el 3 de abril de 2025.
- En la segunda fase de justificación, que corresponde al periodo de ejecución comprendido entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de diciembre de 2025, la documentación justificativa se presentará entre las 9:00 horas del 2 de enero y las 14:00 horas del 5 de febrero de 2025, salvo los justificantes de los pagos de las cuotas a la Seguridad Social correspondientes a 2025, pero que deben ser ingresados por la entidad beneficiaria con posteridad a la citada fecha límite anterior, que se presentarán como máximo el 3 de abril de 2026.
- En la tercera fase de justificación, que corresponde al periodo de ejecución comprendido entre el 1 de enero de 2026 y 31 de diciembre de 2026, la documentación justificativa se presentará entre las 9:00 horas del 2 de enero y las 14:00 horas del 5 de febrero de 2026, salvo los justificantes de los pagos de las cuotas a la Seguridad Social correspondientes a 2026, pero que deben ser ingresados por la entidad beneficiaria con posteridad a la citada fecha límite anterior, que se presentarán, como máximo, el día 3 de abril de 2027.
Requisitos de los proyectos
- En el proyecto debe participar al menos un organismo de investigación o centro tecnológico, distinto al propio solicitante, que aporten su experiencia en el desarrollo de I+D+i, aunque no suponga una participación económica en el presupuesto subvencionable.
- El mismo debe contemplar una amplia difusión de las acciones a desarrollar.
- El proyecto debe tener un impacto tangible en la Comunitat Valenciana.
- El contenido de los proyectos presentados deberá ser coherente con la actividad, fines y estrategia de la entidad solicitante.
- El coste elegible del proyecto será igual o superior a 50.000 euros con un máximo de 150.000 euros.
- La ejecución de los proyectos deberá necesariamente plantearse con duración de tres anualidades y el presupuesto del proyecto deberá tener una distribución que cumpla la siguiente estructura de gasto:
- el gasto previsto para 2024 no deberá ser superior al 15% del total del presupuesto.
- el gasto previsto para 2025 no deberá ser superior al 40% del total del presupuesto.
- Los proyectos deberán necesariamente enmarcarse en las prioridades de especialización identificadas en la Estrategia de especialización inteligente de la Comunitat Valenciana, que se puede consultar en https://innova.gva.es/es/web/innovacion/estrategia-cv-s3
- Así mismo, los proyectos no deberán vulnerar en ningún caso el principio de no discriminación por razón de sexo, raza, origen étnico, religión, convicciones, diversidad funcional, edad u orientación sexual, facilitando, o al menos no impidiendo, la accesibilidad para las personas con diversidad funcional. También tendrán que ejecutarse en el marco de un desarrollo sostenible y de fomento de la conservación, protección y mejora del medio ambiente y contar con un certificado que declare la no afectación del proyecto a la denominada Red Natura, espacio físico de especial protección medioambiental configurado así por la Unión Europea.
- En ningún caso se subvencionarán aquellos proyectos que directa o indirectamente ocasionen un perjuicio significativo al medio ambiente de acuerdo con el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de junio de 2020 relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088 (Reglamento de Taxonomía).
- No se subvencionarán aquellos proyectos dirigidos a aumentar la eficiencia de los combustibles fósiles y tecnologías relacionadas, ni a incrementar la emisión de gases de efecto invernadero. Tampoco serán susceptibles de ayuda aquellos proyectos que contribuyan a la promoción de combustibles fósiles. De manera que solo serán elegibles los proyectos que sean conformes con el principio de DNSH para todos los objetivos ambientales.
Gastos subvencionables
- Gastos de personal, incluyendo salarios y cuotas de la Seguridad Social, empleado en centros de la Comunitat Valenciana, en la medida en que estén dedicados al desarrollo del proyecto. En caso de proyectos de I+D los gastos de personal podrán referirse a personal investigador, personal técnico y demás personal auxiliar. . Se limita el coste horario del personal propio subvencionable a 50 euros/hora como máximo.
Las ayudas concedidas a las universidades públicas, los organismos de investigación de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la ciencia, la tecnología y la innovación, los institutos de investigación sanitaria acreditados conforme al Real Decreto 279/2016, de 24 de junio, las entidades e instituciones sanitarias públicas sin ánimo de lucro vinculadas o concertadas con el Sistema Valenciano de Salud y otros centros públicos de I+D dependientes o vinculados a las administraciones públicas y sus organismos, cuyos presupuestos consoliden con los Presupuestos Generales del Estado o con los de la Generalitat Valenciana, seguirán la modalidad de costes marginales.
Se entienden por costes marginales los que se originen exclusiva y directamente por el desarrollo de las actividades correspondientes a la realización de las actuaciones solicitadas, con excepción de los costes de personal propio con cargo a los citados presupuestos públicos y los costes de amortización de los activos materiales adquiridos con fondos públicos.
- Gastos de servicios externos de consultoría y asistencia técnica destinados de manera exclusiva al proyecto.
- Gastos de material fungible y suministros similares que se deriven directamente del proyecto. Se excluye material de oficina y consumibles informáticos.
- Gastos de desplazamiento y alojamiento de personal con motivo de las actividades del proyecto. Los gastos que se imputen estarán limitados por los importes establecidos en el Decreto 24/1997, de 11 de febrero, del Gobierno Valenciano, sobre indemnizaciones por razón del servicio y gratificaciones por servicios extraordinarios y sus respectivas modificaciones. No se consideran elegibles los gastos de restauración; respecto a los gastos de transporte, únicamente serán elegibles los gastos de desplazamiento en medios públicos de transporte interurbano y, todos ellos del personal propio de la entidad solicitante con motivos de las actividades del proyecto.
- Coste del informe de auditoría sobre las cuentas justificativas del gasto del proyecto. El coste máximo subvencionable del informe de auditoría sobre las cuentas justificativas del gasto del proyecto será de 1.400 euros, siempre que dicho coste se haya incluido en el presupuesto presentado con la solicitud de ayuda.
Intensidad de la ayuda
La ayuda consistirá en una subvención a fondo perdido del 70% de los gastos subvencionables del proyecto.
Criterios de evaluación de solicitudes
Un proyecto solo podrá ser apoyado cuando la puntuación obtenida en la evaluación sea como mínimo de 50 puntos.
Se valorarán los proyectos atendiendo a los siguientes criterios:
- Calidad y alcance de la actuación. Puntuación máxima: 35 puntos.
- Objetivos, plan de trabajo, cronograma y descripción de las acciones del proyecto. Hasta 10 puntos.
- Alineación con los retos y soluciones identificados por el Comité Estratégico de Innovación (CEI) de la AVI que se pueden consultar en la página web de la AVI. Hasta 15 puntos.
- Grado de participación o integración de agentes del SVI en la propuesta. Hasta 7 puntos.
- Coherencia de las finalidades perseguidas mediante las actividades a realizar con las prioridades definidas en el Plan Estratégico/objetivos de la entidad solicitante. Hasta 3 puntos.
- Impacto del proyecto. Puntuación máxima: 35 puntos.
- Promoción de la I+D+i entre las empresas de la Comunitat Valenciana. Hasta 15 puntos.
- Estimación del número y tipología de agentes del Sistema Valenciano de Innovación que resultarán beneficiados por el proyecto. Hasta 10 puntos.
- Interés de los resultados del proyecto desde el punto de vista de reforzar las estructuras de apoyo a la innovación existentes en la Comunitat Valenciana. Hasta 10 puntos
- Adecuación de los recursos, planificación y gestión del proyecto. Puntuación máxima: 20 puntos.
- Capacidad y dedicación del personal de la entidad solicitante a la gestión y ejecución de la propuesta. Hasta 10 puntos.
- Adecuación del presupuesto a las características de la entidad y de las actividades propuestas, teniendo en cuenta la viabilidad económica de la ejecución en el periodo indicado. Hasta 10 puntos.
- Alineación con criterios medioambientales o sociales. Puntuación máxima: 10 puntos.
- Alineación con políticas medioambientales. Hasta 5 puntos.
- Alineación con políticas de igualdad de género y de accesibilidad de las personas con diversidad funcional. Hasta 5 puntos.
Normativa
Resolución de la concesión de ayudas
Tramitación de solicitud
Aportación de documentación
Retos y soluciones de los comités de innovación
FAQs - Preguntas frecuentes
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Atención personal
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